Nuestro derecho, nuestro lugar, nuestro futuro...

CONVOCATORIA A ELECCIONES 2021
CRONOGRAMA ELECTORAL
PADRONES PROVISORIOS
REQUISITOS PARA SER  ELECTORES
PADRONES DEFINITIVOS
PRESENTACIÓN DE APODERADOS 
OTORGAMIENTO Y PRESENTACIÓN DE AVALES
PRESENTACIÓN LISTAS DE CANDIDATOS 
CONDICIONES PARA SER CANDIDATOS
LISTAS DE CANDIDATOS PRESENTADAS
LISTAS DE CANDIDATOS OFICIALIZADAS 

FISCALIZACIÓN DE LOS COMICIOS
CAMPAÑA ELECTORAL
INSTRUCCIONES PARA VOTAR 

RESULTADOS DE LOS COMICIOS
PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS ELECTOS
 
FORMULARIOS

 

Actas de la JUNTA ELECTORAL correspondientes al 6° Proceso Eleccionario 2021 

 

 

 

 

 

Material de difusión Elecciones 2021 - 6° Proceso Eleccionario

 

De conformidad con el REGLAMENTO ELECTORAL de la UNIVERSIDAD actualmente en vigencia, mediante la Resolución UNM-R N° 62/21, se aprobó la CONVOCATORIA y el CRONOGRAMA ELECTORAL para la elección de REPRESENTANTES de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NODOCENTE que integrarán la 3° Asamblea Universitaria que elegirá el RECTOR y VICERRECTOR, por un nuevo período de Gobierno Universitario con mandato desde el próximo 14 de junio de 2021 al 13 de junio de 2025.

La elección de REPRESENTANTES permitirá integrar el CONSEJO SUPERIOR, los CONSEJOS de los DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS y los CONSEJOS ASESORES DE CARRERA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, de acuerdo a las previsiones del artículo 1º del REGLAMENTO ELECTORAL, aprobado por la Resolución UNM-CS Nº 634/20.

La CONVOCATORIA comprende a las carreras de grado y Ciclos de Licenciatura que se dictan en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, de acuerdo al CALENDARIO ACADÉMICO para el ciclo lectivo 2021, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 610/20 y su modificatoria UNM-R N° 193/20.

Asimismo, en virtud de la prórroga de la emergencia sanitaria actualmente en vigencia, conforme lo dispuesto por el PODER EJECUTIVO NACIONAL por Decreto de Necesidad y Urgencia APN-PTE Nº 167/21 y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) iniciado el día 20 de marzo de 2020, conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia APN-PEN Nº 297/20 y/o el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) actualmente vigente, conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia APN-PTE Nº 875/20, y demás medidas complementarias, el CONSEJO SUPERIOR aprobó por Resolución UNM-CS N° 677/21  un INSTRUCTIVO para la realización de los comicios de manera virtual y, en forma opcional, de manera presencial.

En consecuencia para todas los tramites y la votación de manera virtual, se deberá ingresar al submenú “6° Proceso Eleccionario 2021” al que se accede desde UNM VIRTUAL en la barra de menú del sitio web de la UNIVERSIDAD y para la votación virtual, será necesario ingresar al CAMPUS VIRTUAL UNM, a través del logueo requerido, consignando el D.N.I. y la clave personal, como medio de autenticación de la identidad, dentro del cual, se encontrará habilitada herramienta de votación.

 

CONVOCATORIA A ELECCIONES 2021

En virtud de lo expuesto, la CONVOCATORIA para la elección de REPRESENTANTES de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NODOCENTE comprende los siguientes cargos electivos:

  1. 4 (CUATRO) REPRESENTANTES Titulares y entre 4 (CUATRO) y 8 (OCHO) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento DOCENTE para el CONSEJO SUPERIOR y por un período de 4 (CUATRO) años.
  2. 2 (DOS) REPRESENTANTES Titulares y entre 2 (DOS) y 4 (CUATRO) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento ESTUDIANTIL para el CONSEJO SUPERIOR y por un período de 2 (DOS) años.
  3. 1 (UN) REPRESENTANTE Titular y 1 (UNO) o 2 (DOS) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento NODOCENTE para el CONSEJO SUPERIOR y por un período de 4 (CUATRO) años.
  4. 1 (UN) REPRESENTANTE Titular y 1 (UNO) o 2 (DOS) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento DOCENTE por cada una de las Carreras de grado que se dictan en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, conforme al CALENDARIO ACADÉMICO para el Ciclo Lectivo 2021, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 610/20 y su modificatoria UNM-R N° 193/20, para cada uno de los CONSEJO de DEPARTAMENTO respectivos de pertenencia y por un período de 4 (CUATRO) años.
  5. 1 (UN) REPRESENTANTE Titular y 1 (UNO) o 2 (DOS) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento ESTUDIANTIL por cada una de las Carreras de grado que se dictan en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, conforme al CALENDARIO ACADÉMICO para el Ciclo Lectivo 2021, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 610/20 y su modificatoria UNM-R N° 193/20, para el CONSEJO de DEPARTAMENTO de pertenencia y por un período de 2 (DOS) años.
  6. 3 (TRES) REPRESENTANTES Titulares y entre 3 (TRES) y 6 (SEIS) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento DOCENTE para cada uno de los CONSEJOS ASESORES de CARRERA, correspondientes a las Carreras de grado que se dictan en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, conforme al CALENDARIO ACADÉMICO para el Ciclo Lectivo 2021, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 610/20 y su modificatoria UNM-R N° 193/20, y por un período de 4 (CUATRO) años.
  7. 1 (UN) REPRESENTANTE Titular y 1 (UNO) o 2 (DOS) REPRESENTANTES Suplentes del Estamento ESTUDIANTIL para cada uno de los CONSEJOS ASESORES de CARRERA, correspondientes a las Carreras de grado que se dictan en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, conforme al CALENDARIO ACADÉMICO para el Ciclo Lectivo 2021, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 610/20 y su modificatoria UNM-R N° 193/20, y por un período de 2 (DOS) años.

 

Conforme el REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia, los Ciclos de Licenciatura que dicta la UNIVERSIDAD integran la instancia de representación Área Educación, en forma análoga a las carreras de grado.

 

CRONOGRAMA ELECTORAL

La elección de los candidatos se efectuará de acuerdo al siguiente CRONOGRAMA ELECTORAL, aprobado por la misma Resolución UNM-R Nº 62/21 y su modificatoria UNM-R N° 71/20:

Fechas

Eventos

30/03/2021

Convocatoria a Elecciones

30/03/2021 al 08/04/2021

Plazo de exhibición de Padrones Provisorios

30/03/2021 al 08/04/2021

Plazo para optar por Padrón y/o formular observaciones a los Padrones Provisorios

13/4/2021

Oficialización de los Padrones Definitivos

A partir del 14/04/2021

Exhibición de padrones Definitivos

A partir del 14/04/2021

Presentación de Apoderados para reserva de número y denominación de Lista y apertura de formulario on line de MANIFESTACIÓN DE AVAL

23/04/2021 al 03/05/2021

Plazo para la presentación de Listas de Candidatos y documentación (prorrogado JUNTA ELECTORAL)

03/05/2021

Emisión del reporte de PLANILLA DE AVALES (prorrogado JUNTA ELECTORAL)

30/04/2021 al 07/05/2021

Plazo para formular observaciones a las Listas de Candidatos (prorrogado por la JUNTA ELECTORAL)

11/5/2021

Oficialización de las Listas de Candidatos

A partir del 11/05/2021

Exhibición de Listas de Candidatos

11/05/2021 al 23/05/2021

Plazo de desarrollo de la campaña electoral

26/05/2021 al 29/05/2021

Comicios modalidad virtual para Elección de Representantes de todos los Estamentos

31/05/2021

Comicios presenciales para Elección de Representantes de todos los Estamentos

31/05/2021

Escrutinio Provisorio

02/06/2021

Escrutinio Definitivo

 

La CONVOCATORIA para la elección de REPRESENTANTES no incluye a los correspondientes a la ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO por hallarse alcanzada por las previsiones del artículo 65 (clausula transitoria) del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia.

 

PADRONES PROVISORIOS  

En cumplimiento de lo anterior, la UNIVERSIDAD ha confeccionado los Padrones Provisorios, de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NO DOCENTE, con los datos vigentes a la fecha de la Convocatoria, a fin de que los miembros de la comunidad universitaria opten por su inscripción en alguno de ellos, cuando se hallaren inscriptos en más de uno o bien, formulen las observaciones que estimen corresponder por errores u omisiones, conforme lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL y de acuerdo al plazo indicado en el CRONOGRAMA ELECTORAL.

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 9º.- Con arreglo al inciso a) del artículo 67 del ESTATUTO, la confección de los padrones, conforme los requisitos previstos en el mismo y el presente Reglamento, estará a cargo del RECTORADO de la UNIVERSIDAD, por intermedio de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS, para los Estamentos DOCENTE y NO DOCENTE y por la SECRETARIA ACADÉMICA, para el Estamento ESTUDIANTIL.
Los padrones se confeccionarán del siguiente modo:

  1. Electores del Estamento DOCENTE por CARRERA y DEPARTAMENTO ACADÉMICO.
  2. Electores del Estamento ESTUDIANTIL por CARRERA y DEPARTAMENTO ACADÉMICO.
  3. Electores del Estamento NO DOCENTE único para toda la UNIVERSIDAD.
  4. En cada caso se incorporará la indicación de quienes además, reúnen los requisitos necesarios para ser electos.

En relación a la ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA de la UNIVERSIDAD, la confección de los padrones estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS, para los Estamentos DOCENTE y AUXILIAR DOCENTE y NODOCENTE y por la SECRETARIA DE ESCUELA para el Estamento ESTUDIANTIL, y del siguiente modo:

  1. Electores del Estamento DOCENTE por ORIENTACIÓN o ESPECIALIDAD.
  2. Electores del Estamento ESTUDIANTIL por ORIENTACIÓN o ESPECIALIDAD.
  3. Electores del Estamento AUXILIAR DOCENTE y NODOCENTE único para toda la ESCUELA.
  4. En cada caso se incorporará la indicación de quienes además, reúnen los requisitos necesarios para ser electos.

Para ejercer el derecho a voto se requiere hallarse inscripto en el respectivo padrón; y para ejercer el derecho a ser REPRESENTANTE, se deben reunir además, los requisitos que establece el ESTATUTO y el presente Reglamento a tal efecto.
Ningún integrante de la UNIVERSIDAD puede figurar en más de 1 (un) padrón por Estamento y/o por CARRERA. Cuando un miembro de la comunidad universitaria pertenezca a más de 1 (un) Estamento y/o DEPARTAMENTO ACADÉMICO y/o CARRERA simultáneamente, deberá optar por 1 (uno) de ellos, mediante comunicación fehaciente a la JUNTA ELECTORAL; conforme lo previsto en el inciso b) del artículo 67 del ESTATUTO.
De no ejercer su derecho en el plazo previsto, la JUNTA ELECTORAL determinará su inclusión de acuerdo al siguiente orden de prelación: Estamento DOCENTE, ESTUDIANTIL y NO DOCENTE, en caso de corresponder; y en el DEPARTAMENTO ACADÉMICO y/o CARRERA en los que registre la mayor antigüedad como miembro de la comunidad universitaria, cualquiera sea la naturaleza del cargo que ostentare en ella. Para el caso de los estudiantes inscriptos en más de 1 (una) CARRERA, en la de mayor cantidad de materias aprobadas.
En relación a la ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA de la UNIVERSIDAD, los integrantes del Estamento DOCENTE que integren la dotación de más de 1 (una) ORIENTACIÓN o ESPECIALIDAD simultáneamente, se obrará conforme lo indicado precedentemente.
En el caso de miembros de la comunidad universitaria y preuniversitaria simultáneamente, en caso de no ejercer el derecho de elección dentro del plazo previsto, el orden de prelación será: Nivel Universitario, Nivel Preuniversitario.

ARTÍCULO 10.- Los padrones provisorios se confeccionarán con los datos vigentes a la fecha de la convocatoria.
Los mismos serán exhibidos por un plazo de 10 (diez) días corridos en los espacios de comunicación institucional de la UNIVERSIDAD y la ESCUELA, conforme lo previsto en el artículo 8° del presente Reglamento.

Durante dicho plazo los interesados podrán formular las observaciones que estimen corresponder sobre inclusiones indebidas u omisiones y si procediere, optar cuando se hallare inscripto en más de 1 (uno).

PADRONES PROVISORIOS ESTAMENTO DOCENTE 

PADRONES PROVISORIOS ESTAMENTO ESTUDIANTIL 

PADRÓN GENERAL PROVISORIO NODOCENTE

En los enlaces indicados los interesados podrán consultar los Padrones Provisorios a efectos de lo anterior.

Asimismo, desde el sitio web de la UNM, en la barra de menú UNM VIRTUAL, submenú 6° PROCESO ELECCIONARIO 2021 los electores podrán consultar tu condición particular ingresando con su número de DNI en Consultar Padrón (esta opción queda inactiva a partir de la publicación de los Padrones Definitivos y la opción para consulta de estos últimos).

Quienes deseen formular observaciones por errores u omisiones, deberán dirigirse a la JUNTA ELECTORAL mediante la remisión de correo electrónico a juntaelectoral@unm.edu.ar.

Para ejercer el derecho a optar por un único padrón, los interesados deberán descargar los formularios de NOTA DE OPCIÓN DE ESTAMENTO y/o NOTA DE OPCIÓN DE CARRERA, completarlos con la elección de su preferencia, y remitirla al correo indicado debidamente firmada y digitalizada en formato documento portátil (PDF).

En cumplimiento del CRONOGRAMA ELECTORAL, el plazo para optar por un único Padrón Y/O formular observaciones VENCE el 8 de abril de 2019

Conforme lo dispuesto en el artículo 9º del REGLAMENTO ELECTORAL y el CRONOGRAMA ELECTORAL, la JUNTA ELECTORAL oficializará los Padrones Definitivos el 13 de abril de 2019

 

REQUISITOS PARA SER ELECTORES


Estamento Docente

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 41.- Integran el Estamento DOCENTE como electores:

  1. Los docentes y auxiliares docentes que hayan sido designados en calidad de ordinarios en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO a la fecha de confección de los padrones provisorios y que se encuentren con designación vigente al mismo momento.
  2. Los Profesores Eméritos y los Profesores Consultos con designación vigente, que hayan sido docentes ordinarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO y que a la fecha de confección de los padrones provisorios se encuentren colaborando en tareas de docencia, de investigación, de vinculación, de extensión o de gobierno, debidamente acreditadas por autoridad competente.

Por el Estamento DOCENTE se confeccionarán un padrón general y separadamente tantos padrones como CARRERAS, consignando la condición de PROFESORES y AUXILIARES sin distinción.

ARTÍCULO 42.- De conformidad con el inciso d) del artículo 67 del ESTATUTO, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento DOCENTE para cualquiera de los cuerpos colegiados de la UNIVERSIDAD, se requiere:

  1. Ser docentes o auxiliar docente ordinario de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO con designación vigente a la fecha de confección de los padrones provisorios.
  2. Ser Profesores Consultos con designación vigente y que hayan sido docentes ordinarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO.


Estamento Estudiantil

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 45.- Integran el Estamento ESTUDIANTIL, los alumnos regulares de la UNIVERSIDAD, conforme las previsiones del artículo 10 del Anexo I de la Resolución UNM-CS Nº 236/16 y sus modificatorias de REGLAMENTO DE ALUMNOS, a la fecha de confección de los padrones provisorios.
Se reconocerá la condición de alumno regular a aquellos que hayan aprobado y/o regularizado un mínimo 2 (dos) asignaturas cuatrimestrales o 1 (una) anual, dentro del lapso de 1 (un) año a computar a partir de la fecha de confección de los padrones provisorios.
Por el Estamento ESTUDIANTIL se confeccionarán un padrón general y separadamente tantos padrones como CARRERAS.

ARTÍCULO 46.- De conformidad con el inciso f) del artículo 67 del ESTATUTO, y en concordancia con lo previsto en el artículo 53 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento ESTUDIANTIL para cualquiera de los cuerpos colegiados de la UNIVERSIDAD, se requiere haber aprobado y/o regularizado como mínimo el 30% (treinta por ciento) del total de las asignaturas de la Carrera en la que se hallare inscripto.


Estamento Nodocente

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 49.- Integran el Estamento NODOCENTE como electores, el personal en calidad de tales que ocupe cargos de la Planta Permanente de la UNIVERSIDAD, a la fecha de confección de los padrones provisorios y que se encuentren con designación vigente al mismo momento.

ARTÍCULO 50.- De conformidad con el inciso g) del artículo 67 del ESTATUTO, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento NO DOCENTE se requiere pertenecer a la dotación de la Planta Permanente de la UNIVERSIDAD en calidad de tal, con designación vigente a la fecha de confección de los padrones provisorios.

 

PADRONES DEFINITIVOS

Conforme lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL de la UNIVERSIDAD, aprobado por la Resolución UNM-CS N° 634/20 y el plazo previsto en la Resolución UNM-R N° 62/21, aprobatoria de la CONVOCATORIA y el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021; mediante el Acta UNM-JE N° 3 del 13 de abril de 2021, la JUNTA ELECTORAL aprobó los Padrones por Estamento y por Carrera con todos aquellos que pueden ejercer el derecho al voto por Estamento y/o Carrera correspondiente.

PADRONES DEFINITIVOS ESTAMENTO DOCENTE 

PADRONES DEFINITIVOS ESTAMENTO ESTUDIANTIL

PADRÓN GENERAL DEFINITIVO ESTAMENTO NODOCENTE 

En los enlaces indicados los interesados podrán consultar los Padrones Definitivos por Estamento y/o carrera de pertenencia.

Asimismo, desde el sitio web de la UNM, en la barra de menú UNM VIRTUAL, submenú 6° PROCESO ELECCIONARIO 2021 los electores podrán consultar tu condición particular ingresando con su número de DNI en Consultar Padrón Definitivo

 

PRESENTACIÓN DE APODERADOS

Dado el actual contexto de emergencia sanitaria y conforme lo previsto en el artículo 9º del INSTRUCTIVO aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, desde el día 14 de abril de 2021 se encuentra habilitado el procedimiento previsto para que el/los Apoderado/s de las Listas de Candidatos a postularse, hagan reserva del número y denominación elegidos. Se admitirán hasta 2 (DOS) Apoderados, uno en calidad de Titular y otro en calidad de Suplente.

Para ello, los interesados deberán descargar el formulario de NOTA DE PRESENTACIÓN DE APODERADO DE LISTA, completarla y remitirla a la dirección de correo electrónico de la JUNTA ELECTORAL: juntaelectoral@unm.edu.ar, debidamente firmada y digitalizada en formato documento portátil (PDF). Asimismo, deberá contar como mínimo con 2 (DOS)  firmantes acompañantes en calidad de aspirantes a Candidatos de la Lista.

Una vez producida la manifestación fehaciente por parte de la JUNTA ELECTORAL de la asignación del número y denominación a cada una de las Listas de Candidatos que se postulen, quedará habilitado el procedimiento para la recolección de avales por las mismas.

Sobre este particular el REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 16.- Las listas se identificarán con un número y denominación por Estamento, no pudiendo existir denominaciones que se presten a confusión o equívoco.
El nombre, el número, los símbolos, combinaciones de colores y emblemas constituyen un atributo exclusivo cada lista y no podrán ser utilizados por ninguna otra, salvo se trate de distintos Estamentos, a cuyos efectos, los Apoderados de cada una de ellas deberán manifestar la mutua conformidad al momento de la presentación.
Los atributos de las distintas listas deberán distinguirse razonablemente.
A tales efectos, no podrán emplear el logotipo ni la tipografía de letras que identifiquen a la UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución UNM-R Nº 93/10 y su modificatoria UNM-CS N° 145/15 o la que la sustituyere en el futuro.
Una vez oficializadas por la JUNTA ELECTORAL no podrán modificarse.

 

OTORGAMIENTO Y PRESENTACIÓN DE AVALES

Conforme lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL de la UNIVERSIDAD, aprobado por la Resolución UNM-CS N° 634/20 y el INSTRUCTIVO aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, se encuentra habilitado el otorgamiento y la recolección de avales en forma virtual, conforme lo prescripto en el artículo 9° del INSTRUCTIVO antes señalado.

Desde el sitio web de la UNM, ingresando desde la barra de menú UNM VIRTUAL al submenú 6° PROCESO ELECCIONARIO 2021, opción Otorgamiento de Avales, incorporado al CAMPUS VIRTUAL UNM, los electores podrán acceder a un formulario on line de Otorgamiento de Avales, mediante el logueo habitual consignado su usuario y clave personal.

Quienes no cuenten con usuario y clave personal  o ingresen por primera vez, obtendrán la suya a través del acceso al Sistema de Gestión On line, y una vez indicado el número de DNI, deberán seguir las instrucciones que serán remitidas a la dirección de correo electrónico registrado.

Se recuerda a los electores interesados que podrán expresar su decisión de avalar a una o más Listas, conforme lo prescripto en el artículo 17 del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia, tildando la o las opciones de Listas de Candidatos de su preferencia y que correspondan a su Estamento y/o Carrera.

Se recuerda que los Candidatos no podrán ser simultáneamente avalistas.

En todos los casos, se generará un correo de confirmación y un ticket que el elector avalista podrá descargar desde el mismo sitio, quedando consignada su decisión.

El/Los Apoderado/s reconocido/s de cada una de las Listas que se postulen, tendrá/n acceso a una plataforma específica desde la cual podrá/n generar un reporte de los avales reunidos hasta ese momento.

Dicho formulario de Otorgamiento de Avales estará habilitado hasta las 16:00 hs. del día 03 de mayo de 2021, conforme la prórroga dispuesta por la JUNTA ELECTORA, momento a partir del cual operará el vencimiento del plazo para la presentación de Listas de Candidatos y la documentación exigible para participar de los comicios, quedando habilitada la JUNTA ELECTORAL para realizar el reporte final de los avales reunidos por cada una de las Listas.

Sobre este particular el REGLAMENTO ELECTORAL establece, conforme lo dispuesto por la Resolución UNM-R N° 65/21, la que fuera ratificada por la Resolución UNM-CS N° 807/21 del Consejo Superior.

ARTÍCULO 17.- La cantidad mínima de avales que deberán reunir las listas de candidatos, para cualquier instancia de representación será equivalente a:

  1. Para el Estamento DOCENTE: Al 10% (diez por ciento) del número de inscriptos en el padrón definitivo.
  2. Para el Estamento ESTUDIANTIL: Al 5% (cinco por ciento) del número de inscriptos en el padrón definitivo.
  3. Para el Estamento NO DOCENTES: Al 10% (diez por ciento) del número de inscriptos en el padrón definitivo.

Para las listas de candidatos para REPRESENTANTES en los CONSEJOS de DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS y en los CONSEJOS ASESORES de CARRERA, la cantidad de avales mínimos se computará sobre el total del DEPARTAMENTO y de la CARRERA, respectivamente.

Se admitirán avalistas a más de 1 (una) lista.

Lo indicado precedentemente también será de aplicación para la elección de autoridades de la ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA de la UNIVERSIDAD.

 

En consecuencia, la cantidad mínima de avales por Estamento e instancia de representación por carrera, de acuerdo al número de electores conforme los Padrones Definitivos, es la siguiente:

ESTAMENTO DOCENTE
CARRERAS  Y DEPARTAMENTOS MÍNIMO AVALES REQUERIDOS
Ingeniería en Electrónica 4
Lic. en Gestión Ambiental 2
Arquitectura 5
Lic. en Biotecnología 3
Departamento de Ciencias Aplicadas y Tecnología 14
Lic. en Relaciones del Trabajo 2
Lic. en Economía 3
Lic. en Administración 3
Contador Público Nacional 3
Departamento de Economía y Administración 11
Lic. en Trabajo Social 4
Lic. en Comunicación Social 3
Área Educación 2
Departamento de Humanidades y Ciencias Sociales 9
TOTAL (Consejo Superior)  34

 

ESTAMENTO ESTUDIANTIL
CARRERAS DEPARTAMENTOS MÍNIMO AVALES REQUERIDOS
Ingeniería en Electrónica 20
Lic. en Gestión Ambiental 11
Arquitectura 88
Lic. en Biotecnología 23
Departamento de Ciencias Aplicadas y Tecnología 142
Lic. en Relaciones del Trabajo 17
Lic. en Economía 12
Lic. en Administración 40
Contador Público Nacional 93
Departamento de Economía y Administración 163
Lic. en Trabajo Social 61
Lic. en Comunicación Social 26
Área Educación 10
Departamento de Humanidades y Ciencias Sociales 98
TOTAL (Consejo Superior)  402

 

ESTAMENTO NO DOCENTE 
ÚNICA INSTANCIA MÍNIMO AVALES    REQUERIDOS
TOTAL (Consejo Superior)  10

 

Conforme lo prescripto en los artículos 15 y 17 del REGLAMENTO ELECTORAL, los avalistas que presenten las Listas de Candidatos se computarán carrera por carrera.

Las listas de candidatos para el Estamento DOCENTE deberán reunir los avales mínimos requeridos para el CONSEJO ASESOR de la carrera de que se trate y la totalidad de los avales mínimos requeridos de cada una de las carreras que componen el CONSEJO DE DEPARTAMENTO de pertenencia. En caso de postular candidatos al CONSEJO SUPERIOR, deberán reunir la totalidad de los avales mínimos requeridos de todas las carreras de la UNIVERSIDAD.

Las listas de candidatos para el Estamento ESTUDIANTIL, deberán reunir los avales mínimos requeridos para el CONSEJO ASESOR de la carrera de que se trate. En caso de postular candidatos al CONSEJO SUPERIOR, deberán reunir la totalidad de los avales mínimos requeridos de todas las carreras de la UNIVERSIDAD.

 

El procedimiento virtual anteriormente descripto, suple la necesidad de completar por cada uno de los electores avalistas de puño y letra el formulario de PLANILLA DE AVALES habitual; sin perjuicio de lo cual, los interesados podrán descargar el formulario de PLANILLA DE AVALES, y completar tantos como sea necesario y remitirlo/s a la dirección de correo electrónico de la JUNTA ELECTORAL: juntaelectoral@unm.edu.ar, debidamente firmado/s por el/los Apoderado/s y digitalizado/s en formato documento portátil (PDF), en la oportunidad de la presentación formal de la Lista de Candidatos, en cuyo caso se computarán conjuntamente con el reporte antes referido por parte de la JUNTA ELECTORAL.

A partir del día 14 de abril de 2021 y dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de producida la presentación del/de los Apoderado/s de las Listas de Candidatos a postularse, para hacer reserva del número y denominación elegidos conforme lo indicado precedentemente y de acuerdo a lo previsto en el Capitulo V del REGLAMENTO ELECTORAL, el Presidente de la JUNTA ELECTORAL habilitará cada de ellas en el referido formulario on line de Otorgamiento de Avales a fin de que electores que así lo deseen puedan otorgar su aval.

Ver Instructivo para el otorgamiento de avales

Al día de la fecha, se encuentran habilitadas para la recolección de avales en forma virtual las siguientes Listas de candidatos que han hecho reserva de número y denominación, el cual fuera debidamente otorgado de conformidad con el REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia.

Estamento Docente:

Todas los Departamentos:

  • Lista N° 2: UNM en Movimiento.
  • Lista N° 21: La Corriente Fundadora UNM.

 

Estamento Estudiantil:

Todas las Carreras:

  • Lista N° 10: Frente de Izquierda Unidad – MST
  • Lista N° 100: 100% Estudiantes de la UNM

Area Educación:

  • Lista N° 105: Agrupación Otres

 

Estamento Nodocente:

Única Instancia: 

  • Lista N° 7: La Corriente Fundadora UNM Nodocentes

 

PRESENTACIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS

Conforme lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia y de acuerdo al plazo indicado en el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021 el plazo habilitado para la presentación de Listas de Candidatos para los 3 Estamentos y la documentación exigida es desde el 23 de abril al 03 de mayo de 2021, conforme la prórroga dispuesta por la JUNTA ELECTORAL

La Confección de las Listas deberá ajustarse a lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL, que establece:

ARTÍCULO 13.- Las listas de candidatos deberán presentarse ante la JUNTA ELECTORAL para su oficialización, con una antelación no menor a 20 (veinte) días corridos de la fecha del comicio.
En el acto de presentación, el Apoderado actuante hará reserva del número y denominación elegidos, de no hallarse asignados en virtud de presentación anterior. A tales efectos, se deberán prever al menos 2 (dos) opciones alternativas.
Los Apoderados, en todo momento, podrán tomar vista de las presentaciones y actuaciones que, en forma regular, acumulará la JUNTA ELECTORAL en un único expediente.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de la JUNTA ELECTORAL y formular las manifestaciones que consideren oportunas, en cuyo caso, serán debidamente incorporadas a las actuaciones acumuladas, conjuntamente con la consideración o decisión que pudiere adoptar la JUNTA como consecuencia de estas.
Toda comunicación y/o notificación fehaciente entre la JUNTA ELECTORAL y las listas se efectuará por medio de sus Apoderados.
Para dar curso al acto eleccionario se requerirá que al menos 2 (dos) listas sean oficializadas por la JUNTA ELECTORAL.
De oficializarse una única lista, al vencimiento del plazo de exhibición y resolución de las eventuales impugnaciones, la JUNTA ELECTORAL comunicará tal circunstancia, a efectos de que el CONSEJO SUPERIOR proceda a proclamar a los candidatos resultantes en sesión ordinaria convocada a tal efecto.

ARTÍCULO 14.- Las listas de candidatos deberán consignar:

  1. Los candidatos, con indicación de su número de orden y agrupados en titulares, de manera intercalada y en orden indistinto, por mujeres y varones por Estamento e instancia de representación y suplentes, de manera intercalada y con el mismo orden que los Titulares, por mujeres y varones por Estamento e instancia de representación, los cuales deberán hallarse debidamente incorporados en el padrón correspondiente del Estamento; salvo cuando se trate de un (1) solo cargo electivo por Estamento e instancia de representación, en cuyo caso, alternará de manera intercalada y en orden indistinto, por mujer y varón, la representación Titular y Suplente.
  2. Nombre, apellido y domicilio de los Apoderados Titular y Suplente de la lista, de manera intercalada y en orden indistinto, por mujer y varón, los cuales deberán hallarse debidamente incorporados en cualquiera de los padrones del Estamento donde la lista presente candidatos.
  3. Declaración jurada de cada uno de los candidatos nominados, manifestando su voluntad de postularse con su firma hológrafa.
  4. Planilla de avales, conteniendo apellido y nombre/s, tipo y número de documento de identidad, la carrera de pertenencia, en caso de corresponder, y la firma hológrafa de cada uno de los avalistas, los cuales deberán hallarse debidamente incorporados en el padrón correspondiente del Estamento.
  5. Un documento anexo con una semblanza o currículum abreviado de no más de 700 (setecientos) caracteres computando los espacios e imagen jpg inserta en el texto de 3x3cm. De tamaño de cada uno de los candidatos, para difusión en los espacios de comunicación institucional de la UNIVERSIDAD y de la ESCUELA, conforme lo previsto en el artículo 8° del presente Reglamento.
  6. La Plataforma Electoral o Programa de Gobierno de la lista en documento anexo de no más de 30 páginas y 30.000 (treinta mil) caracteres, para difusión en los espacios de comunicación institucional de la UNIVERSIDAD y de la ESCUELA, conforme lo previsto en el artículo 8° del presente Reglamento.

Las listas formularán su presentación por Estamento en una única oportunidad y actuación.
Los candidatos no podrán ser simultáneamente avalistas.
El incumplimiento de los puntos e) y f) no será excluyente para la oficialización de la lista y será expresamente consignado en los espacios de comunicación institucional.

ARTÍCULO 15.- Cada lista contendrá candidatos para la totalidad de los cargos titulares sujetos a elección y una cantidad como mínimo equivalente y como máximo al doble de candidatos suplentes por Estamento e instancia de representación de que se trate.
Cuando se trate de 2 (dos) o más cargos electivos titulares por instancia de representación, deberán confeccionarse ubicando de manera intercalada y en orden indistinto, a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a, en idéntica forma a titulares y suplentes, de modo que a cada candidato titular corresponderán 1 (uno) o 2 (dos) candidatos suplentes del mismo género; en cuyo caso, el reemplazo del titular por el suplente respetará en primer lugar al del mismo género subsiguiente.
Cuando se trate de 1 (un) único cargo electivo titular por instancia de representación, se establecerá de manera intercalada y en orden indistinto, por mujer y varón; en cuyo caso el reemplazo del titular por el suplente, implicará en cada oportunidad que se produzca el cambio de género en la representación, salvo cuando hubiere un segundo suplente del mismo género.
Podrán presentarse candidatos para 1 (uno) o más cargos electivos, ya sea en carácter de titulares o de suplentes, en relación a las diferentes instancias de representación, pero no se admitirán candidatos que figuren en más de 1 (una) lista en las instancias de representación de CARRERA y/o DEPARTAMENTO ACADÉMICO de la UNIVERSIDAD, como así tampoco, de la ESCUELA.
Podrán presentarse candidatos comunes o en más de 1 (una) lista exclusivamente en la instancia de representación del CONSEJO SUPERIOR.
Las listas de candidatos para el Estamento DOCENTE, como mínimo deberán confeccionarse para la totalidad de los cargos electivos para el CONSEJO del DEPARTAMENTO ACADÉMICO de que se trate y de los CONSEJOS ASESORES de CARRERAS que lo componen, debiendo respetar en conjunto, el equilibrio en el número de mujeres y varones de sus miembros titulares en la totalidad de los cargos, salvo por 1 (uno) cuando fuera una cantidad impar.
Las listas de candidatos para el Estamento ESTUDIANTIL, como mínimo deberán confeccionarse para el cargo electivo al CONSEJO ASESOR de la CARRERA de que se trate y al CONSEJO del DEPARTAMENTO ACADÉMICO correspondiente por la misma, debiendo respetar en conjunto, el equilibrio en el número de mujeres y varones de sus miembros titulares en la totalidad de los cargos, salvo por 1 (uno) cuando fuera una cantidad impar.
En relación a la ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA de la UNIVERSIDAD, las listas de candidatos deberán confeccionarse por la totalidad de los cargos electivos del Estamento e instancias de representación, debiendo respetar en conjunto, el equilibrio en el número de mujeres y varones de sus miembros titulares en la totalidad de los cargos, salvo por 1 (uno) cuando fuera una cantidad impar.

ARTÍCULO 16.- Las listas se identificarán con un número y denominación por Estamento, no pudiendo existir denominaciones que se presten a confusión o equívoco.
El nombre, el número, los símbolos, combinaciones de colores y emblemas constituyen un atributo exclusivo cada lista y no podrán ser utilizados por ninguna otra, salvo se trate de distintos Estamentos, a cuyos efectos, los Apoderados de cada una de ellas deberán manifestar la mutua conformidad al momento de la presentación.
Los atributos de las distintas listas deberán distinguirse razonablemente.
A tales efectos, no podrán emplear el logotipo ni la tipografía de letras que identifiquen a la UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución UNM-R Nº 93/10 y su modificatoria UNM-CS N° 145/15 o la que la sustituyere en el futuro.
Una vez oficializadas por la JUNTA ELECTORAL no podrán modificarse.

Dado el actual contexto de emergencia sanitaria y vigencia del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), la UNIVERSIDAD ha adoptado, mediante la Resolución UNM-CS N° 677/21 del CONSEJO SUPERIOR una serie de medidas e instrucciones para la habilitación de los tramites y la votación de manera virtual. En consecuencia, los interesados deberán descargar los formularios de PLANILLA DE LISTA DE CANDIDATOS correspondiente a su Estamento, de DECLARACIÓN JURADA DE CANDIDATOS, de PRESENTACIÓN DE CURRÍCULUMS ABREVIADOS DE CANDIDATOS y de PRESENTACIÓN DE PLATAFORMA ELECTORAL para completarlos y suscribirlos y remitirlos al correo electrónico de la JUNTA ELECTORAL: juntaelectoral@unm.edu.ar debidamente firmados por el/los Apoderado/s y digitalizados en formato documento portátil (PDF), conforme lo establecido en el referido INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA A DISTANCIA de la UNM, aprobado por la Resolución UNM-R N° 72/20.

Se recuerda que la falta de presentación de los formularios de PRESENTACIÓN DE CURRÍCULUMS ABREVIADOS DE CANDIDATOS y de PRESENTACIÓN DE PLATAFORMA ELECTORAL no es condición excluyente para la oficialización de las Listas ni para la participación en los comicios.

La presentación de la Lista de Candidatos y la documentación antes indicada deberá hacerse en un único envío por cualquiera de los medios habilitados por la JUNTA ELECTORAL, incluido el reporte de los avales reunidos mediante el formulario on line incorporado al CAMPUS VIRTUAL UNM.

Sin perjuicio de lo anterior y conforme lo previsto en el artículo 7º del INSTRUCTIVO aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, toda la documentación original reunida y debidamente suscrita con las firmas hológrafas que correspondan, se hallará en custodia del/de los Apoderados hasta su correspondiente presentación a la JUNTA ELECTORAL para su incorporación al Expediente físico de los comicios, a requerimiento de esta última.

 

CONDICIONES PARA SER CANDIDATOS

Se recuerda que, conforme lo previsto en el ESTATUTO en vigencia y el REGLAMENTO ELECTORAL, podrán postularse como candidatos, los electores que se encuentren incluidos en el PADRÓN DEFINITIVO correspondiente y reúnan las siguientes condiciones:

Estamento Docente:

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 42.- De conformidad con el inciso d) del artículo 67 del ESTATUTO, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento DOCENTE para cualquiera de los cuerpos colegiados de la UNIVERSIDAD, se requiere:

  1. Ser docentes o auxiliar docente ordinario de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO con designación vigente a la fecha de confección de los padrones provisorios.
  2. Ser Profesores Consultos con designación vigente y que hayan sido docentes ordinarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO.

 

Estamento Estudiantil

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 46.- De conformidad con el inciso f) del artículo 67 del ESTATUTO, y en concordancia con lo previsto en el artículo 53 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento ESTUDIANTIL para cualquiera de los cuerpos colegiados de la UNIVERSIDAD, se requiere haber aprobado y/o regularizado como mínimo el 30% (treinta por ciento) del total de las asignaturas de la Carrera en la que se hallare inscripto.

El cumplimiento de esta condición se encuentra indicado en cada caso en el Padrón Definitivo

 

Estamento Nodocente

El REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 50.- De conformidad con el inciso g) del artículo 67 del ESTATUTO, para ser candidato y electo REPRESENTANTE por el Estamento NODOCENTE se requiere pertenecer a la dotación de la Planta Permanente de la UNIVERSIDAD en calidad de tal, con designación vigente a la fecha de confección de los padrones provisorios.

 

LISTAS DE CANDIDATOS PRESENTADAS

Con fecha 03 de mayo de 2021 a las 16:00 hs. finalizó el plazo para la presentación de las Listas de Candidatos para participar de los comicios para la conformación del 3º Gobierno Universitario.

Luego del cierre, la JUNTA ELECTORAL dio recepción a la presentación de las Listas, sujetas a revisión, y que finalmente se postularon, conjuntamente con toda la documentación que acompaño a cada una de las presentaciones realizadas y la emisión del reporte final de los avales reunidos.

LISTA DE CANDIDATOS (sujetas a revisión)

IMPUGNACIONES RECIBIDAS 

REPORTE DE AVALES A LAS LISTAS

En consecuencia y, conforme lo dispuesto por la JUNTA ELECTORAL, hasta el día 7 de mayo de 2021, los interesados podrán formular ante la misma las impugnaciones o los recursos que estimen corresponder contra los errores, omisiones o incumplimientos de las normas, la reglamentación en vigencia o el CRONOGRAMA ELECTORAL.

Quienes deseen hacerlo deberán dirigirse a la JUNTA ELECTORAL mediante la remisión de correo electrónico a juntaelectoral@unm.edu.ar.

Una vez resueltas las eventuales impugnaciones y previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos para participar de los comicios, la JUNTA ELECTORAL oficializará las Listas de candidatos, conforme lo preceptuado en el artículo 19 del REGLAMENTO ELECTORAL y el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021.

Conforme lo establecido en el artículo 5° del REGLAMENTO ELECTORAL, las decisiones que adopte la JUNTA ELECTORAL son inapelables.

 

LISTAS DE CANDIDATOS OFICIALIZADAS

Mediante Acta UNM-JE Nº 09/21 del día 11 de mayo de 2021, la JUNTA ELECTORAL ha aprobó las Listas de Candidatos que han de participar en la elección de REPRESENTANTES de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NO DOCENTE que integrarán la 3° Asamblea Universitaria que elegirá el RECTOR y VICERRECTOR, por un nuevo período de Gobierno Universitario con mandato desde el próximo 14 de junio de 2021 al 13 de junio de 2025, conforme fuera dispuesto por la Resolución UNM-R N° 62/21

LISTAS DE CANDIDATOS OFICIALIZADAS POR ESTAMENTO:

Estamento Docente:

Todas los Departamentos:

 

Estamento Estudiantil:

Todas las Carreras:

 

Estamento Nodocente:

Única Instancia: 

Conforme lo previsto en el artículo 23 del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia, la JUNTA ELECTORAL es la encargada de la impresión de las boletas para la emisión del voto.

 

CAMPAÑA ELECTORAL

Conforme lo previsto en el REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia y de acuerdo al plazo indicado en el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, las agrupaciones políticas que integran las listas y/o sus candidatos se encuentran habilitados para desarrollar por cualquier medio por su cuenta y orden, actos de difusión, publicidades, consultas de opinión y comunicaciones por cualquier medio, como parte de su estrategia de campaña.

Asimismo, dentro del plazo habilitado por el CRONOGRAMA ELECTORAL,  entre el 11 de mayo y el al 23 de mayo de 2021, la UNIVERSIDAD  ha implementado  un sitio exclusivo para la  difusión de las listas y de las candidaturas; como así también, la producción de contenidos y/o eventualmente, la realización de debates, con la finalidad de dar a conocer al electorado a los candidatos y a sus plataformas electorales, cuidando en todo momento una asignación equitativa. El espacio asignado a cada Lista es administrado por el responsable que designe la misma.

Para ingresar al sitio institucional de campaña electoral, los intersados podrán acceder desde el sitio web de la UNM, en la barra de menú UNM VIRTUAL, submenú 6° PROCESO ELECCIONARIO 2021 ingresando a Espacio oficial de Campaña Electoral

FISCALIZACIÓN DE LOS COMICIOS

En forma previa a las fechas previstas para la realización de los comicios, la JUNTA ELECTORAL, conforme lo prescripto en los incisos f), g) y h) del artículo 5° y 27 del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia, determinará la cantidad de mesas electorales a constituirse para cada Estamento y designará a las autoridades de cada una de ellas, en su carácter de responsable de organizar y fiscalizar el acto electoral y decidir cualquier cuestión que se plantee durante y con motivo de su desarrollo, a cuyos efectos adoptará las medidas que estime corresponder para asegurar el normal desenvolvimiento del comicio.

Sobre este particular, en lo que respecta a los comicios presenciales. el REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 26.- Cada mesa electoral constituida tendrá un Presidente, un Secretario y un tercero suplente designados por la JUNTA ELECTORAL, entre los miembros de la comunidad universitaria y escolar, elegidos de manera intercalada y en orden indistinto, por mujeres y varones.
Se seleccionarán entre los miembros de un Estamento diferente al de la mesa electoral en la que ejerzan sus funciones, por lo que, las autoridades de una mesa electoral no ejercerán su derecho a voto en la mesa en la que fueren designados.
No podrán ser designados como autoridades de mesa, quienes revistan el carácter de candidatos, Apoderados o Fiscales de cualquier lista y Estamento.
El suplente designado auxiliará y/o reemplazará al Presidente o al Secretario en caso de ausencia, temporal o no, durante el acto del comicio.

ARTÍCULO 27.- La designación y funciones de las autoridades de la mesa electoral revisten el carácter de carga pública y, en consecuencia, son irrenunciables.
La designación de las autoridades de las mesas electorales se realizará mediante notificación fehaciente con una antelación no menor a 10 (diez) a la fecha del comicio.
Los designados podrán excusarse de sus responsabilidades ante la JUNTA ELECTORAL, por causa de enfermedad o fuerza mayor debidamente justificada, dentro de los 2 (dos) días corridos posteriores a la notificación de su designación.
En los casos de excusación conformada por la JUNTA ELECTORAL, esta procederá a su reemplazo por otro miembro.

ARTÍCULO 28.- Para el funcionamiento regular de una mesa electoral será suficiente la presencia de 2 (dos) de sus miembros. En ausencia del Presidente, el Secretario designado ejercerá las funciones de éste.

 

Las diferentes Listas de Candidatos de todos los Estamentos se encuentran habilitadas para designar Fiscales de mesa y Fiscales Generales para participar de los comicios.

 

Sobre este particular, el REGLAMENTO ELECTORAL establece:

ARTÍCULO 21.- Hasta los 5 (cinco) días hábiles previos a la fecha del comicio, la JUNTA ELECTORAL recibirá la nómina de Fiscales de mesa y de Fiscales Generales que deseen presentar las listas oficializadas para participar del acto del comicio, quienes deberán hallarse debidamente incorporados en el padrón del Estamento correspondiente, procurando respetar la composición de manera intercalada de mujeres y varones.
Con posterioridad no será admisible la presentación de otros ni reemplazantes.

ARTÍCULO 22.- Corresponde a los Fiscales, las siguientes funciones:

  1. Controlar el comicio y efectuar los reclamos que estimen corresponder.
  2. Acompañar con su firma la de las autoridades de mesa actuantes en los sobres que se entreguen a los electores, en las fajas de las urnas, en las actas de apertura y cierre del comicio, y en toda otra actuación que se produzca el día del comicio.
  3. Verificar el estado del cuarto oscuro cuando lo estimen oportuno.
  4. Los Fiscales de mesa actuarán en una única mesa electoral durante todo el comicio y uno solo de ellos por lista, a elección o criterio de los mismos.
  5. Un Fiscal General por lista, podrá asistir al escrutinio definitivo a cargo de la JUNTA ELECTORAL.
  6. Los Fiscales Generales tendrán las mismas facultades que los de mesa y podrán actuar en reemplazo de estos en las mesas electorales.
  7. En ningún caso se admitirá la actuación simultánea de 2 (dos) Fiscales de una misma lista en una misma mesa.

 

Asimismo, y en el contexto de la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria y el  actualmente vigente, Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia APN-PTE Nº 875/20, sus prórrogas y complementarios, el CONSEJO SUPERIOR de la UNIVERSIDAD, aprobó un INSTRUCTIVO PARA LA EMISIÓN DEL VOTO Y ESCRUTINIO EN FORMA VIRTUAL EN LOS COMICIOS 2021 por Resolución UNM-CS N° 677/21, el cual deberá efectuarse por medio de las herramientas que provee el CAMPUS VIRTUAL de la UNIVERSIDAD y, en forma opcional, de manera presencial, conforme el Protocolo de PAUTAS ESPECÍFICAS PARA LA REALIZACIÓN DE COMICIOS PRESENCIALES que forma parte integral de dicho INSTRUCTIVO, de modo de garantizar, en las actuales circunstancias, el voto personal, universal, obligatorio y secreto.

En consecuencia, y conforme lo indicado precedentemente, la JUNTA ELECTORAL designará a las autoridades especificas que llevarán adelante el proceso electoral en forma virtual, quienes se encuentran alcanzadas por las mismas obligaciones.

Por tal motivo, para esta ocasión se ha previsto que, una vez oficializadas las Listas de Candidatos, cada una de las mismas pueda designar un Fiscal General con competencia exclusiva en los comicios a efectuarse de manera virtual; a cuyos efectos el/los Apoderados deberá/n descargar el formulario de PRESENTACIÓN DE FISCAL GENERAL COMICIOS EN FORMA VIRTUAL, completarlo y remitirlo a la dirección de correo electrónico de la JUNTA ELECTORAL: juntaelectoral@unm.edu.ar, debidamente firmado y digitalizado en formato documento portátil (PDF).

Los mismos, de conformidad con el artículo 11 del INSTRUCTIVO antes señalado, serán convocados para una inspección previa de la plataforma “MOODLE” del CAMPUS VIRTUAL en la cual se implementara y alojará la herramienta de votación virtual por parte de los electores que así lo deseen, con la finalidad de verificar el funcionamiento de la misma, su funcionalidad, parámetros, seguridad y garantía de anonimato. Asimismo, de acuerdo al artículo 12 del mismo, serán los encargados de la fiscalización de la votación en forma virtual, quienes ajustarán su actuación a lo prescripto en el REGLAMENTO ELECTORAL en todo cuanto resulte de aplicación.

 

INSTRUCCIONES PARA VOTAR

Instructivo para la emisión del voto y escrutinio en forma virtual en los Comicios 2021

Conforme el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, se ha previsto se realicen:

 

Fechas

Comicios

26/05/2021 al 29/05/2021

Comicios modalidad virtual para Elección de Representantes de todos los Estamentos

31/05/202

Comicios presenciales para Elección de Representantes de todos los Estamentos (*)

(*) Sujeto a las previsiones del artículo 17 del INSTRUCTIVO  aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21 y a las condiciones epidemiológicas y las disposiciones de las autoridades gubernamentales competentes en materia de circulación y presencialidad de las actividades que así lo permitan.

La JUNTA ELECTORAL ha establecido, conforme el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, el siguiente horario de votación y las mesas para los comicios presenciales que se desarrollarán en el Edificio DARACT II

Comicios modalidad virtual para elección de Representantes de todos los Estamentos:
Del Miércoles 26/05/2021 al Viernes 28/05/2021
En el horario de 08:00 a 20:00 hs.
El Sábado 29/05/2021
En el horario de 09:00 a 14:00 hs.

 
Comicios presenciales para elección de Representantes de todos los Estamentos:
El Lunes 31/05/2021 en el horario de 09:00 a 16:00 hs.


En los comicios presenciales se han previsto, dado el actual contexto de emergencia sanitaria y conforme el artículo 9º del INSTRUCTIVO  aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, las medidas correspondientes para respetar las PAUTAS ESPECÍFICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS COMICIOS PRESENCIALES CONDUCENTES A LA CONFORMACIÓN DEL 3° GOBIERNO UNIVERSITARIO  aprobadas por la Resolución UNM-CS N° 677/21 y que forman parte del forman parte del PLAN DE RETORNO A LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS PRESENCIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO aprobado por la Resolución UNM-R N° 24/21 y sus modificatorias.

Conforme lo previsto en el artículo 12 del INSTRUCTIVO  aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, al cierre de cada día de votación en forma virtual, El/Los Apoderado/s reconocido/s de cada una de las Listas participantes tendrá/n acceso a una plataforma específica desde la cual podrá/n generar un reporte de los Votantes Virtuales por cada padrón electoral, a efectos del control de cada uno de los Fiscales Generales con competencia exclusiva en los comicios a efectuarse de manera virtual.

 

De considerarlo oportuno, para poder realizar la votación en forma virtual Ud. podrá seguir las instrucciones siguientes, accediendo al siguiente enlace:

VIDEO TUTORIAL

INSTRUCTIVO PARA LA VOTACIÓN VIRTUAL (PDF)

 

Para acceder a la herramienta de votación virtual, a través del sitio web de la UNM, ingresando desde la barra de menú UNM VIRTUAL al submenú 6° PROCESO ELECCIONARIO 2021, opción Votación Virtual, incorporada al CAMPUS VIRTUAL UNM, los electores habilitados de acuerdo a los PADRONES DEFINITIVOS  podrán acceder mediante el logueo habitual consignado su usuario y clave personal.

 

Votación Presencial

Habiendo concluido el plazo para el desarrollo de los comicios en forma virtual, la JUNTA ELECTORAL aprobó los Padrones por Estamento y por Carrera con todos aquellos que pueden ejercer el derecho al voto en forma presencial por Estamento y/o Carrera correspondiente, conforme lo prescripto en el artículo 15  del INSTRUCTIVO aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21.

PADRON DEFINITIVO PRESENCIAL ESTAMENTO DOCENTE 

PADRONES DEFINITIVOS PRESENCIAL ESTAMENTO ESTUDIANTIL 

PADRÓN DEFINITIVO PRESENCIAL NO DOCENTE 

En los enlaces indicados los interesados podrán consultar los Padrones Definitivos por Estamento y/o Carrera de pertenencia.

Para los comicios presenciales se ha previsto, dado el actual contexto de emergencia sanitaria y conforme el artículo 9º del INSTRUCTIVO aprobado por la Resolución UNM-CS N° 677/21, la conformación de una única mesa para los Estamentos Docente y No docente y una mesa por cada Departamento para el Estamento Estudiantil.

Se recuerda que, conforme el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, las mesas para el desarrollo de los comicios presenciales se habilitarán en el Edificio DARACT II el día 31 de mayo de 2021 en el horario de 09:00 a 16:00 hs.

Asimismo, se informa que para su funcionamiento se han dispuesto todas las medidas necesarias para dar cumplimento a las PAUTAS ESPECÍFICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS COMICIOS PRESENCIALES CONDUCENTES A LA CONFORMACIÓN DEL 3° GOBIERNO UNIVERSITARIO, también aprobadas por la Resolución UNM-CS N° 677/21.

 

RESULTADO DE LOS COMICIOS

 

De conformidad con el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, aprobado por la Resolución UNM-R Nº 62/21, del 26 al 31 de mayo de 2021 se realizaron Los comicios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO para la elección de REPRESENTANTES de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NO DOCENTE que integrarán la 3° Asamblea Universitaria por un nuevo período de Gobierno Universitario con mandato desde el próximo 14 de junio de 2021 al 13 de junio de 2025.

 

Escrutinio Provisorio 

Mediante Acta UNM-JE Nº 12/21 del día 31 de junio de 2021, la JUNTA ELECTORAL aprobó los resultados provisorios del proceso eleccionario realizado.

RESULTADOS DEL ESCRUTINIO PROVISORIO

Conforme el CRONOGRAMA ELECTORAL 2021, consultar a partir del 2 de junio de 2021, fecha prevista para la realización del Escrutinio Definitivo.

 

Escrutinio Definitivo 

Mediante Acta UNM-JE Nº 13/21 del día 2 de junio de 2021, la JUNTA ELECTORAL aprobó los resultados definitivos del proceso eleccionario realizado.

RESULTADOS DEL ESCRUTINIO DEFINITIVO

 

 

PROCLAMACIÓN CANDIDATOS ELECTOS

Consultar a partir de la aprobación del Escrutinio Definitivo por parte del CONSEJO SUPERIOR, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 39 del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia.

En cumplimiento del REGLAMENTO ELECTORAL en vigencia, por Resolución UNM-CS N° 812/21 del 7 de junio de 2021 del CONSEJO SUPERIOR, fueron proclamados los Representantes Titulares y Suplentes electos de los Estamentos DOCENTE, ESTUDIANTIL y NO DOCENTE para cada uno de los Órganos de Gobierno previstos en el ESTATUTO de la UNIVERFSIDAD en vigencia para el 3º período de Gobierno Universitario con mandato desde el 14 de junio de 2021 al 13 de junio de 2025.

NÓMINA DE REPRESENTANTES ELECTOS

 

FORMULARIOS

Nota de opción de Estamento
Formulario 01

Nota de opción de Padrón de Carrera
Formulario 02

Nota de presentación de Apoderado/s de Lista de Candidatos
Formulario 03

Planilla de Avales
Formulario 04

Planilla de Lista de Candidatos Estamento Docente
Formulario 05

Planilla de Lista de Candidatos Estamento Estudiantil
Formulario 06

Planilla de Lista de Candidatos Estamento No Docente
Formulario 07

Formulario de Declaración Jurada de Candidato
Formulario 08

Formulario de curriculums abreviados de Candidatos
Formulario 09

Formulario de Plataforma Electoral de Lista de Candidatos
Formulario 10

Certificación de recepción de Lista de Candidatos
Formulario 11

Formulario de presentación de Fiscal General Comicios en forma virtual
Formulario 12

 

Para cualquier consulta o presentación ante la JUNTA ELECTORAL dirigirse a:

Personalmente:
Horario de atención: 10.00 a 16.00 horas

VICERRECTORADO
Av. Bmé. Mitre Nº 1891, Moreno (B1744OHC), Prov. de Buenos Aires
Edificio Histórico – Ala Este 1° Piso
Unidad Vicerrectorado - Interno: 103
Correo electrónico: vicerrectorado@unm.edu.ar

SALA DE REUNIONES CONSEJO SUPERIOR
Av. Bme. Mitre Nº 1.891, Moreno (B1744OHC), Prov. de Buenos Aires
Edificio Histórico – Sector Central 1° Piso
Sala de Reuniones Consejo Superior - Interno: 426
Edificio Histórico – Ala Este 1° Piso

Telefónicamente: Unidad Vicerrectorado - Interno: 103

Correo electrónico: juntaelectoral@unm.edu.ar

Por correo postal a:
JUNTA ELECTORAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO
DIVISIÓN MESA DE ENTRADAS
Av. Bmé. Mitre Nº 1891, Moreno (B1744OHC), Prov. de Buenos Aires
Edificio Histórico – Ala Oeste PB