Nuestro derecho, nuestro lugar, nuestro futuro...

9 de mayo de 2025

 
Informamos que en el día de hoy, en la causa judicial se tuvo por incorporado el escrito de la Municipalidad de Moreno del 14 de abril de 2025, reiterando su anterior por el que solicitó el rechazo de ampliación de prueba, y el escrito de la Universidad del 22 de abril pasado, por el que se solicitó la apertura a prueba de dicha causa y que se fije una audiencia de conciliación citando a todas las partes, incluidos los terceros involucrados.
 
Asimismo, dispuso, atento el estado de las actuaciones y normas procesales, solicitar a todas las partes que manifiesten su decisión de acerca de la posibilidad de acordar una solución al conflicto y/o que ratifiquen las pruebas ofrecidas dentro de un plazo de 5 días, luego de cual el Tribunal ordenará las pruebas que considere conducentes.
 
De manera que al cabo de 24 meses de iniciada la demanda, las partes ya han presentado sus respectivos fundamentos, formulado sus descargos, ofrecido pruebas y propuesto sus respectivos testigos, avanzando en el desarrollo del proceso que concluirá en la sentencia en primera instancia que resolverá sobre la cuestión en litigio, conforme las normas procesales.
 
Por lo expuesto, adelantamos nuestra voluntad de tener una audiencia de conciliación en este ámbito, e intentar un diálogo impedido en todos estos años por la decisión de la otra parte, para poder arribar a una solución que garantice el proyecto ITUNM-ESPUNM y el derecho a la educación que se ha frustrado a partir de este conflicto.
 
A todos los interesados que deseen conocer los escritos mencionados, pueden hacerlo, accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.
 

Universidad Nacional de Moreno

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica informa que próximamente se abrirá la Convocatoria a Proyectos de Investigación Plurianuales (PIP 2025/2027). 

Los PIP son una fuente importante de financiamiento para el desarrollo de la investigación científica en el ámbito de CONICET, que facilita la continuidad o el desarrollo de líneas de investigación de numerosos grupos de investigadores.

La convocatoria 2025-2027 tiene por objeto financiar los trabajos de investigación para grupos nuevos o la continuación de grupos de investigación bajo la forma de nuevos proyectos, que permita la consolidación de los mismos.

ADMISIBILIDAD:

  • Se podrá contar con un PIP y un PICT vigentes. Los Titulares o investigadores integrantes, sean o no de CIC, que cuenten con más de un PICT de las convocatorias vigentes y financiados al momento de iniciarse la evaluación del PIP, serán declarados no admisibles. El control se realiza sobre el titular y grupo responsable del PICT. Los PICT de Investigador Inicial, PICTO y START UP no se tienen en cuenta para la incompatibilidad.
  • El proyecto deberá estar dirigido por investigadores activos adjuntos o categoría mayor. Podrá estar integrado por las/os investigadores activos de CONICET en todas sus categorías.
  • No podrán presentarse a esta convocatoria las/los titulares e integrantes, en todas sus categorías, de los PIP 2022-2024 y PIP 2023-2025.
  • Si al momento de la presentación alguno de los integrantes se encuentra seleccionado en la CIC, con una de una beca CONICET en curso, el sistema lo considerará como investigador para determinar el importe máximo solicitado en el presupuesto. Al no tener la posesión del cargo, en el sistema figurará con la categoría anterior que se encuentre registrado en CONICET.
  • Pueden ser integrantes los investigadores/as NO CONICET.
  • El proyecto puede contar con un Co-titular aunque no es obligatorio que el proyecto cuente con uno. La función del mismo es el reemplazo del Titular en el caso de alguna eventualidad como una ausencia prolongada.
  • Las/los becarios/as podrán participar solamente del proyecto de investigación en el que participe su Directora/Director o Co-Directora/Co-Director. Los estudiantes de grado no forman parte del proyecto.
  • En el caso de investigadores/as extranjeros/as, no residentes, pueden mencionarse en el plan de trabajo, pero no se registran en SIGEVA.
  • No podrán presentarse en esta convocatoria los/as investigadores/as (titulares o integrantes) que tengan dos Informes de CIC no Aceptables.
  • Los/as Investigadores/as que posean licencia sin goce de sueldo por cargo de mayor jerarquía en la Carrera de Investigador Científico y Tecnológico y continúen presentando su informe reglamentario como miembro de la Carrera del Investigador/a Científico y Tecnológico, podrán participar de los Proyectos de Investigación Plurianuales- PIP.
  • Se valorará positivamente aquellos proyectos relacionados con las siguientes líneas temáticas: agroindustria, energía, minería, salud, agua e inteligencia artificial. Así como también proyectos del área de Ciencias Exactas.

FECHA APERTURA PIP 2025-2027: Julio-agosto 2025


BASES DE LA CONVOCATORIA
 

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica hace extensiva la información sobre la Convocatoria a Proyectos de Investigación Estratégica Territorial en Red (PIET-R) - 2025.

La convocatoria tiene por objetivo financiar trabajos de investigación multidisciplinaria sobre temas surgidos de la interacción del sector científico con distintos sectores sociales, tanto públicos como privados, para la generación de nuevos conocimientos, enfocados en el estudio y la resolución de problemas locales, regionales, provinciales o nacionales dentro del territorio argentino, con el objetivo de promover el mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo socioeconómico nacional.

Estará destinada a atender a problemas territoriales y que parte de sus resultados puedan ser transferidos o impactar en un corto/mediano plazo al medio socio productivo. Deben sustentarse en el aprovechamiento de las capacidades instaladas en la RED Institucional de CONICET cuya extensión territorial se define a través de los Centros Científicos Tecnológicos (CCT).

Se priorizarán aquellos proyectos de investigación diseñados en cooperación con entidades tanto públicas como privadas, nacionales e internacionales.

CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN ACREDITAR LOS PROYECTOS:

  • Abordaje científico multidisciplinario de problemas de interés local, provincial, regional o nacional identificados intersectorialmente.
  • Los proyectos a presentar contarán con un mínimo de 15 investigadores activos de CONICET.
  • Si al momento de la presentación alguno de los integrantes se encuentra seleccionado en la CIC, con una beca CONICET en curso, el sistema lo considerará como investigador para el número de investigadores. Al no tener la posesión del cargo, en el sistema figurará con la categoría anterior que se encuentre registrado en CONICET.
  • Deberán contar con la participación de grupo de investigación (GI) de al menos tres unidades ejecutoras pertenecientes a al menos dos (2) CCTs. También podrán incluir uno (1) o más GI de UEs o CITs que no formen parte de un CCT, así como GI con lugar de trabajo fuera de una UE.
  • Cada GI estará conformado por al menos 3 investigadores activos del CONICET. Se valorará positivamente la participación concurrente de investigadores de cada una de las grandes áreas de conocimiento definidas por CONICET (Ciencias Sociales y Humanidades, Ciencias Exactas y Naturales, Ciencias Biológicas y de la Salud, Ciencias Agrarias, de las ingenierías y materiales), en el proyecto.
  • Las/los becarios/as podrán participar solamente del proyecto de investigación en el que participe su Directora/Director o Co-Directora/Co-Director. Los estudiantes de grado no forman parte del proyecto.
  • En el caso de investigadores/as extranjeros/as, no residentes, pueden mencionarse en el plan de trabajo, pero no se registran en SIGEVA.
  • No podrán presentarse en esta convocatoria los/as investigadores/as (titulares o integrantes) que tengan dos Informes de CIC no Aceptables.
  • Los proyectos deberán contar con un Director Coordinador Responsable del proyecto (investigador CONICET, con categoría independiente o mayor), el que será el responsable de la ejecución y administración de los fondos y la coordinación de los GI para la ejecución del proyecto.
  • El proyecto podrá contar con uno o más Director/es Científico/s de los distintos ejes temáticos a propuesta el/los GI.
  • Será obligatorio contar con el aval de una o más entidades públicas o privadas locales, provinciales, nacionales y/o internacionales en el que conste su interés por participar en la investigación, modalidad de participación y posibilidad de aporte. Si el proyecto se aprueba, se deberá firmar un Acta de Compromiso entre CONICET y las entidades. Estos proyectos podrán contar con aportes de contraparte en cualquier etapa de su ejecución.
  • No existirán restricciones en cuanto a los integrantes del o los GI que formen parte de un PIP o PICTvigente u otros proyectos en ejecución para integrar los proyectos.
  • Las/los investigadores, becarias/os intervinientes y personal de apoyo (CPA) deberán tener una dedicación de al menos el 25% de su tiempo al proyecto.

LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN:

  • Agroindustria
  • Energía
  • Minería
  • Salud
  • Agua
  • Inteligencia artificial

FECHA DE PRESENTACIÓN:
Del 1 al 28 de julio de 2025

DURACIÓN DE LOS PROYECTOS:
2 años con financiamiento CONICET y posibilidad de extenderlo un año más si existe cofinanciamiento de una o más contrapartes.



BASES DE LA CONVOCATORIA
 

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar

7 de mayo de 2025

Informamos que el pasado 24 de abril de 2025 recibimos Carta Documento de la Intendenta Municipal de fecha 4 de abril del corriente, en respuesta a nuestra Carta Documento anterior de fecha 25 de marzo y por la cual intimamos a la Sra. Mariel Fernández a que se abstenga de impulsar a los empleados y funcionarios bajo su conducción o no, de ingresar y cumplir sus responsabilidades en el edificio construido ilegalmente en un terreno cedido al uso de la Universidad Nacional de Moreno por la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, bajo apercibimiento de considerarla penal y civilmente responsables por los perjuicios ocasionados a la Universidad.

La respuesta fue cursada por la apoderada de la Municipalidad, en representación de la Sra. Mariel Fernández, expresando su rechazo y advirtiendo que la intimación cursada obstaculiza el funcionamiento de la Municipalidad y el legítimo ejercicio de sus derechos, al sostener que la parcela es del dominio municipal y que no existe impedimento judicial ni legal para ejercer su derecho de propiedad, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales penales por desobediencia. Precisa además, que el actuar del rector es contrario a las leyes, la justicia, la República y el federalismo.

Consecuentemente, con fecha 29 de abril el rector contestó por Carta Documento que fue recibida en el día de ayer, rechazando por improcedente la respuesta de la funcionaria, remarcando que la situación planteada ha sido el resultado de la negativa de la Sra. Mariel Fernández al diálogo y a la concertación, con total falta de respeto institucional a la Universidad y a su persona, lo que quedó expuesto en la causa por el cambio irregular de la inscripción del bien y la usurpación sobre la base de falsedades y acusaciones de supuestas intencionalidades políticas.

A los fines de esclarecer la cuestión, manifestó su rechazo a que el reclamo de la Universidad obstaculice las funciones de la administración municipal en el ejercicio de sus legítimos derechos, sino que por el contrario es el accionar de la Intendenta Municipal que ha obstaculizado permanentemente a la Universidad, toda vez que la decisión de construir instalaciones destinadas a funcionarios provinciales del Consejo Escolar y autoridades distritales de educación y propias, en el predio cuyo uso le fuera asignado a la UNM por el Estado Nacional Argentino y que ha ocupado de manera ininterrumpida desde el año 2010 hasta marzo de 2023, cuando fue despojada arbitrariamente por el accionar subrepticio de personas al servicio de la Municipalidad de Moreno, ha impedido avanzar con la ESPUNM, el ITUNM y el proyecto UNM-TEC.

En ese contexto, reiteró que el ilegal e improcedente actuar de la Intendenta Municipal y de las demás personas intimadas, ha afectado el derecho a la educación de los estudiantes actuales de la ESPUNM, que deben continuar sus estudios en aulas modulares, y ver reducida la jornada escolar al mínimo, por lo que se debió alterar el proyecto pedagógico original y modificado horarios, como así también, de los futuros estudiantes, ya que se ha impedido que la ESPUNM funcione a pleno; y se debieron reducir vacantes para nuevos ingresantes, de modo de poder seguir funcionando en las condiciones en que se encuentra.

También se remarcó que la Municipalidad ha obstaculizado de múltiples formas a todo este proyecto en particular y a la Universidad en general, como por ej., los intentos por afirmar la pertenencia de la EES N° 37 del edificio de la ESPUNM, cuestión que no es objeto de controversia entre la Universidad y la provincia de Buenos Aires, tal como se desprende del Convenio del año 2020 y su prórroga del año 2024.

Asimismo, rechazó la afirmación de que la Municipalidad ejerza legítimos derechos de propiedad sobre el inmueble, ya que se encuentra en juicio por ser propiedad del Estado Nacional Argentino y cedido en uso a la Universidad Nacional de Moreno por Convenio del año 2010, ratificado por protocolo vigente desde el 2021; todo lo cual ha estado en pleno conocimiento de la Intendenta Municipal y de sus funcionarios; lo que consta, tanto en el plano de subdivisión provisoria aprobado en 2012, como en el plano de subdivisión definitiva de 2021, y que con posterioridad impulsó deliberadamente y en forma irregular la anulación de la inscripción del dominio y la restricción de uso asignada a la Universidad y demás entidades, en virtud de los convenios conocidos por ambas partes y negados maliciosamente en actuaciones administrativas y judiciales.

Finalmente, rechazó por extravagante que el reclamo de la Universidad atente contra el federalismo; ya que por el contrario, fue su accionar el que ha atentado contra la autonomía universitaria, sustentada tanto en los principios de la Reforma Universitaria de 1918, como en la Ley de Educación Superior vigente y en la Constitución Nacional, que a partir de la reforma de 1994 vino a consagrar la autonomía y autarquía universitaria con rango constitucional; todo ello mediante los abusos anteriormente denunciados y por otros actos intimidatorios de los funcionarios bajo su conducción, tales como pintadas callejeras, volanteadas, a lo que deben agregarse los impedimentos de toda clase para la realización de obras y de cooperaciones interinstitucionales que han perjudicado a toda esta comunidad universitaria de múltiples formas.

En resumen y como se ha manifestado en otras oportunidades, el abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público que ha sido la construcción de esta obra destinada a otra jurisdicción y la mudanza de los funcionarios que no dependiendo de la Municipalidad, son impulsados por su decisión arbitraria, utilizando los fondos que administra para el bienestar y mejoramiento de la educación pública, son la expresión de su voluntad de obstaculizar las funciones de la Universidad; lo que además, podría constituir la figura de malversación de fondos.

Por todo ello, el rector insistió que en caso de consumar esta obra y mudanza de los funcionarios, será considerada incursa en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y/o abuso de autoridad, así como también, todos los funcionarios con rango extraescalafonario o electivos que hayan acompañado su decisión contraria a las leyes.

A todos los interesados que deseen conocer las cartas enviadas y recibidas, pueden hacerlo accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno

15  de abril de 2025

En el día de ayer se reunió la COMISIÓN COORDINADORA para la REFORMA del ESTATUTO de la UNIVERSIDAD (CCREUNM), dando comienzo al proceso de discusión y formulación de una propuesta a tal fin.

A la fecha, ya se encuentra habilitado el micrositio en la página web de la Universidad y se ha convocado a la comunidad universitaria a participar, habilitando un formulario de inscripción y un correo electrónico para el intercambio de información entre todos los interesados.

Con el objeto de reflexionar, profundizar y consolidar las BASES ORIENTADORAS que dieron sustento a esta iniciativa y seguir avanzando en el proceso de formulación de un proyecto de reforma, la Comisión ha establecido una primera reunión para recibir inquietudes, aportes y reflexiones de todos los interesados de la Comunidad Universitaria en participar de este proceso, para el 23 de mayo próximo.

Para este primer encuentro se ha previsto un trabajo en comisiones según los ejes temáticos establecidos en la Resolución UNM-CS Nº 1.188/25 que propicia esta iniciativa, cuyas memorias estarán a cargo de diferentes miembros de la Comisión.

Asimismo, la Comisión ha previsto una ronda de consulta con el Consejo Asesor Comunitario de la UNM en una fecha a definir próximamente, a fin de recibir sus aportes, una vez consolidado un primer documento de recomendaciones y definiciones para la formulación del Proyecto que deberá realizar la CCREUNM.

Quienes deseen participar de esta iniciativa, podrán hacerlo inscribiéndose a través del siguiente formulario https://forms.gle/GXnKr9eRd9wkyZDC7,  en cualquiera de las comisiones de trabajo que se indican en el Cronograma de Reuniones incorporado al micrositio en la página web de la Universidad.

15 de abril de 2025

Informamos que, en el día de ayer, luego de casi 5 meses de presentada la solicitud de una medida cautelar de no innovar para que se suspenda la obra del Consejo Escolar en nuestro predio o, en su defecto, para que no sea ocupado hasta la resolución de la cuestión de fondo, el Juez tuvo por presentados los traslados de la Universidad, de la Municipalidad, de la SENNAF y de la Fiscalía de la provincia de Buenos Aires, teniendo todos por contestados en tiempo y forma y por reservado de caso federal, disponiendo en forma efectiva la elevación del incidente a la Cámara Federal de San Martín.

Es de señalar que esta medida, que también fue acompañada por la SENNAF, se solicitó cuando la obra tenía un avance temporal del 57%, hallándose en este momento prácticamente consumada con un avance temporal del 95% o mayor aún en términos físicos, teniendo en cuenta que se lleva adelante tanto en días laborables como no laborables, por lo que los tiempos de decisión de la Cámara son más que exiguos para que, en caso de opinión favorable, pudiera tener efectividad su decisión.

En este contexto, como se ha adelantado oportunamente hemos intimado por Carta Documento a la Intendenta Municipal, Sra. Mariel Fernández, a la Secretaria de Educación, Cultura y Deportes de la Municipalidad, al Presidente, a la Vicepresidenta y a todos los Consejeros del Consejo Escolar de Moreno actualmente en funciones, como así también, al Inspector Jefe de la Región IX de la Dirección General de Cultura y Educación con competencia sobre esta jurisdicción, como así también a la Inspectora Jefa Distrital del partido y demás autoridades provinciales de educación con asiento en Moreno, a que se abstengan de impulsar a los empleados y funcionarios bajo su conducción de ingresar y cumplir sus responsabilidades en el edificio que se construye ilegalmente en este predio, bajo apercibimiento de considerarlos penal y civilmente responsables por los perjuicios ocasionados a la Universidad.

En línea con esto, también hemos solicitado a la provincia de Buenos Aires que suspenda la mudanza de todos sus funcionarios hasta que la justicia, en un necesario mayor plazo, resuelva el litigio y así evitar un daño irreparable a la comunidad escolar y universitaria de Moreno; advirtiendo, dado que parte de los funcionarios provinciales a mudar, prestan servicios, por decisión de la Municipalidad de Moreno, en las aulas que fueran de la ESS Nº 37 hasta la usurpación del edificio de la UNM impulsada por la misma, que solicitaremos dejar sin efecto la cooperación con la ESS Nº 37 que funciona en las aulas en préstamo de la Universidad, en virtud del convenio que hemos ratificado el año pasado, correspondiendo entonces que regrese a sus instalaciones originarias, mientras la justicia resuelve este conflicto que no ha podido ser superado por el dialogo y la cooperación institucional, siempre negada por la Municipalidad y que con su proceder, la provincia ha avalado y lo sigue haciendo hasta la fecha.

Por último, es de señalar que todas las partes reafirmaron sus dichos anteriores en las contestaciones requeridas en esta última oportunidad, los cuales en buena medida hemos reseñado oportunamente.

En lo que respecta a los planteos de la Municipalidad de Moreno, el Juez no hizo lugar a la solicitud de declarar desierto el recurso de apelación de la Universidad y la SENNAF contra su sentencia desfavorable a la medida cautelar solicitada, por lo que precedió a dar traslado a la Cámara.

Como es de costumbre, la Municipalidad plantea falsedades que se evidencian a partir de todos los hechos que venimos denunciando en la causa y públicamente, y que esencialmente se resumen en lo siguiente:

  1. Que la voluntad de la Universidad es “alimentar en la Justicia y en los medios de comunicación un conflicto que sólo tiene motivaciones políticas”, cuando es exactamente al revés, ya que ha sido la actual gestión municipal, la que luego de más de 10 años de cooperación mutua, comenzó a oponerse a la Universidad, primero contra sus obras y después, usurpando el predio e impulsando la construcción de una obra ajena en el mismo, sin dar nunca explicaciones del porqué de semejante decisión, ni atender ningún pedido o solicitud, y alimentando por redes y declaraciones públicas la supuesta intencionalidad política de la Universidad por intentar por la vía administrativa y judicial la recuperación del bien que le fue cedido al uso.
     
  2. Que la Universidad posee un predio lo suficientemente amplio como para construir su Escuela en otro lado, rozando en la brutalidad o cuanto menos el cinismo, al pretender sostener que la supuesta amplitud del predio de la Universidad, justifica que la Municipalidad pueda apropiarse de un predio que no le pertenece. El argumento omite que la Municipalidad recibió 12 hectáreas cuando se subdividió el predio del Riglos y no realizó ninguna obra en ella, ni permitió que pueda construirse la ESS N° 37 en una porción del mismo y tampoco da razón de porque considera necesario imponer por la fuerza la construcción de su edificio en este lugar, cuyo destino dado por la Universidad es más útil a la comunidad; además de que resulta completamente incompatible construir una escuela secundaria dentro de un espacio de adultos, como lo es la Universidad, la que también requiere de obras y ampliaciones en este espacio.
     
  3. Que ha ofrecido predios alternativos (en este expediente), lo cual es falso y por el contrario su único justificativo para imponer su apropiación del predio y obra, ha sido argumentar que a la Universidad le sobra espacio. Precisamente en prueba de su oposición a la Universidad, se ha documentado en la causa que tampoco ofreció un predio fiscal a la ESS N° 37, recomendando oficialmente a la provincia la compra de inmuebles para esta.

En consecuencia, esta causa, en la que se discute la cuestión de fondo del litigio y sin considerar las otras relacionadas con este asunto e iniciadas con anterioridad, y que ya alcanzó las 2.475 fojas útiles, recién a partir de este momento, se encuentra trabada la litis, después de 23 meses de iniciada y aún no se abrió a prueba, por lo que este inconsiderado tiempo de la justicia le ha permitido a la Municipalidad seguir ejerciendo el abuso de autoridad que venimos sufriendo.

A todos los interesados que deseen conocer los escritos mencionados, pueden hacerlo accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno

EJES TEMÁTICOS PROPUESTOS PARA EL TRABAJO EN COMISIONES PARA LA REFORMA DEL ESTATUTO

 

EJE 1: ACTUALIZACIÓN DE COMETIDOS INSTITUCIONALES Y DEL MARCO NORMATIVO Y GESTIÓN UNIVERSITARIA

Principios y objetivos de la UNM teniendo en cuenta:

  • Los nuevos enfoques de la Educación superior
  • Los avances en  DDHH, igualdad de género, bienes públicos y desarrollo sostenible.
  • Las definiciones en materia de transparencia, control de gestión y las instancias de aprobación colectivas.

 

EJE 2. ACTUALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA E INSTITUCIONAL Y ÓRGANOS DE GOBIERNO

En lo referente a:

  • Organización institucional y funciones sustantivas (incluye incorporación ESPUM e ITUNM y principales Consejos, espacios y entidades asociativas constituidas a la fecha)
  • Perfeccionamiento la definición de órganos de gobierno bajo el principio de delegación y participación de la comunidad universitaria.
  • Derechos y obligaciones de los representantes de los órganos de gobierno.
  • Organización de la labor docente por áreas.
  • Régimen económico y financiero y sistema de control.

 

EJE 3: ACTUALIZACIÓN DE LAS DEFINICIONES RELATIVAS A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA

En lo referente a:

  • Régimen electoral.
  • Criterio escalar representación por claustro.
  • Consejo asesor comunitario y Consejo de graduados.
  • Perfil docente investigador/extensionista/vinculador.
  • Derechos y obligaciones de los miembros de los claustros. Carrera laboral.

 

Los ejes y contenidos propuestos son a título indicativo y no excluyentes de otros que surjan de la labor en comisión.

 

1era Reunión de trabajo
Jueves 29 de mayo, 14 a 17 hs.

Quienes deseen participar de esta iniciativa, podrán hacerlo inscribiéndose a través del siguiente formulario https://forms.gle/GXnKr9eRd9wkyZDC7 en cualquiera de las Subcomisiones de Trabajo previstas y que a continuación se detallan:

Eje 1: Actualización de Cometidos Institucionales y del Marco Normativo y Gestión Universitaria
Aula A001 del  Edificio Histórico
Coordinadores: M. Liliana TARAMASSO y Esteban SÁNCHEZ

Eje 2: Actualización de la Organización Académica e Institucional y Órganos de Gobierno
Aula B001 del Edificio Histórico
Coordinadores: Marcela S. BASTERRECHEA y Marcelo A. MONZÓN

Eje 3: Actualización de las definiciones relativas a la Comunidad Universitaria
Aula B002 del Edificio Histórico
Coordinadores: Alejandro L. ROBBA y Juan M. ETCHEVERRY

Para facilitar la participación de todos los interesados, se ha previsto que los asistentes soliciten a los Coordinadores de cada Subcomisión el uso de la palabra para poder presentar sus iniciativas y/o propuestas de reforma con un plazo máximo de 10 minutos para desarrollarlas en cada oportunidad en que lo hagan, de modo de poder tomar el debido registro audiovisual de todos planteos expresados, a fin de poder transcribirlos para la consideración de la Comisión Coordinadora.

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica hace extensiva la información sobre las Convocatorias de la Comisión de Investigaciones Científicas de la provincia de Buenos Aires (CIC) a subsidios.

El organismo otorgará ayuda económica con el objetivo de fortalecer la actividad científica y tecnológica en la Provincia.

Se trata de convocatorias destinadas a la elaboración de Publicaciones de Divulgación, a la Asistencia y a la Organización de Reuniones Científicas y Tecnológicas:
 

  • Subsidio para la Organización de Reuniones Científicas y Tecnológicas: La convocatoria estará abierta del 1ro al 30 de abril de 2025. Su objetivo es financiar parcialmente la realización de congresos, reuniones y otros eventos que revistan carácter público y que sean propios de especialidades académicas, que tengan sede en territorio bonaerense y se realicen entre el 1ro de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
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  • Subsidio para la Asistencia a Reuniones Científicas y Tecnológicas:  La convocatoria estará abierta del 1ro al 30 de abril de 2025. Su objetivo es financiar parcialmente la asistencia de Investigadores/as (CIC y Asociados – INAS), Personal de Apoyo y becarios/as Doctorales a congresos, encuentros o eventos científicos y tecnológicos que se lleven a cabo entre el 1ro de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. El monto a financiar sólo podrá ser utilizado para inscripción y gastos de viaje.
    MÁS INFORMACIÓN
     
  • Subsidios para Publicaciones de Divulgación Científica y Tecnológica: La convocatoria estará abierta del 1ro al 30 de abril de 2025 inclusive y su objetivo es financiar total o parcialmente publicaciones inéditas de divulgación científica y tecnológica con asiento en el territorio bonaerense. Se priorizarán aquellas propuestas enfocadas en las problemáticas productivas e impacto en políticas públicas para la Provincia.
    MÁS INFORMACIÓN

     

 

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar

El pasado 11 de abril, se reunió nuevamente el Foro Permanente para la Defensa Pública de los Derechos de la ESPUNM.

En primer lugar, se compartieron las iniciativas de difusión realizadas hasta la fecha y se comentaron los resultados de la 1ª Encuesta realizada y difundida recientemente. Por su parte, las autoridades de la Universidad comentaron las acciones emprendidas en relación a la recuperación del predio.

Además, se expuso el estado de situación de las causas y se informó que se enviaron sendas cartas documento a la Intendenta Municipal Mariel Fernández y funcionarios provinciales y municipales que se intentan mudar a las instalaciones que se están construyendo en el predio para que se abstengan de hacerlo, bajo apercibimiento de considerarlos penal y civilmente responsables por los perjuicios ocasionados a la Universidad, en el contexto del litigio existente.

Del intercambio realizado, surgieron nuevas iniciativas de visibilización del conflicto con la finalidad de convocar a la comunidad universitaria, educativa y en general, a la defensa de los derechos de la ESPUNM. En otro orden, también se trató la necesidad de dar visibilidad a las dificultades existentes en torno a la infraestructura edilicia y que atentan contra el normal desempeño tanto de la ESPUNM como de la Universidad.

También se remarcó la necesidad de reproducir todas las medidas de visibilización llevadas a cabo, tanto en el ámbito de la Universidad como de la Escuela. Asimismo, se resolvió impulsar unas jornadas de sensibilización y visibilización de diferentes acciones y proyectos de extensión e investigación científica compartidos o en articulación entre la Escuela y la Universidad, con el doble propósito de difundir y alentar sus logros y producir una mayor sinergia entre ambas comunidades.

Como resultado de lo tratado en la reunión, el Foro concluyó en ir delineando las iniciativas propiciadas a través de intercambios y reuniones en grupos de trabajo a conformar entre los/as participantes.

9 de abril de 2025

 

Informamos que con fecha 25 de marzo de 2025, fueron cursadas Cartas Documento a la Intendenta Municipal, Sra. Mariel Fernández, a la Secretaria de Educación, Cultura y Deportes de la Municipalidad, al Presidente, a la Vicepresidenta y a todos los Consejeros del Consejo Escolar de Moreno actualmente en funciones, como así también, al Inspector Jefe de la Región IX de la Dirección General de Cultura y Educación con competencia sobre esta jurisdicción, como así también a la Inspectora Jefa Distrital del partido y demás autoridades provinciales de educación con asiento en Moreno.

La Carta enviada tiene por objeto intimarlos a abstenerse o de impulsar a los empleados y funcionarios bajo su conducción de ingresar y cumplir sus responsabilidades en el edificio construido ilegalmente en un terreno cedido al uso de la Universidad Nacional de Moreno por la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, ubicado sobre la calle Merlo entre Vicente Lopez e Int. Corvalán, bajo apercibimiento de considerarlos penal y civilmente responsables por los perjuicios ocasionados a la Universidad.

La advertencia, conlleva la imposibilidad de alegar el desconocimiento de la situación litigiosa existente entre la Universidad y la Municipalidad por este predio y obra próxima a concluir e inaugurar, y que tramitan en la Justicia Federal de Moreno y la Cámara Federal de San Martin; ya que, dado la afectación de los derechos de la Universidad que ello implica, será objeto de la denuncia judicial correspondiente, además de ser considerada causal de mal desempeño de sus deberes como funcionarios públicos.

A la fecha, la mayoría de los destinatarios fueron notificados fehacientemente en sus domicilios laborales, por lo que los restantes, cuya notificación resultara infructuosa, serán notificados en sus domicilios particulares.

La intimación a los funcionarios involucrados es concordante con la nota remitida al gobernador de la provincia de Buenos Aires, con fecha 13 de marzo de 2025, por la que se le solicitó que suspenda la mudanza de todos los funcionarios del Consejo Escolar y autoridades distritales que se encuentran bajo su órbita, hasta que la justicia, en un necesario mayor plazo, resuelva la cuestión de fondo por la titularidad del predio y la cesión a una de las partes, y así evitar un daño irreparable a la comunidad escolar y universitaria de Moreno.

Asimismo, se advirtió, toda vez que parte de los funcionarios provinciales a mudar prestan servicios, por decisión de la Municipalidad de Moreno, en las aulas que fueran de la ESS Nº 37 hasta la usurpación impulsada por la Municipalidad al edificio de la UNM, que, de producirse esta mudanza inminente y anunciada para los próximos días, resultaría inexplicable e insostenible seguir cooperando con la ESS Nº 37 que funciona en las aulas en préstamo de la Universidad, en virtud del convenio que hemos ratificado el año pasado, correspondiendo entonces que regrese a sus instalaciones originarias, mientras la justicia resuelve este conflicto que no ha podido ser superado desde el dialogo y la cooperación institucional, siempre negada por la otra parte.

Sobre este particular, es oportuno reiterar que la elección del destino de esta obra, que se oculta con el nombre de “Polo Educativo Sandra y Rubén”, también respondió al propósito de involucrar a la provincia en este conflicto artificialmente creado contra la Universidad, a partir del despojo irregular del predio como hemos denunciado en la causa en trato, con el agravante de que para realizar la misma, se han invertido fondos públicos locales en una obra ajena, ya que la inversión no responde a ningún objetivo de incumbencia local, por lo que el edificio y el predio, de prosperar con su decisión, deberá cederse por ordenanza a la provincia, con la que no existe acuerdo ni compromiso alguno para llevarla a cabo.

A todos los interesados que deseen conocer las cartas enviadas, pueden hacerlo, accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno