Nuestro derecho, nuestro lugar, nuestro futuro...

22 de octubre de 2025

 

Informamos que en el día de ayer, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín corrió traslado a todas las partes del recurso extraordinario interpuesto por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) contra la sentencia de esta Cámara que confirmó el fallo del Juez Federal interviniente que dispuso el rechazo de la medida cautelar solicitada para que se suspenda la obra del Consejo Escolar en nuestro predio o, en su defecto, para que no sea ocupado por los funcionarios provinciales hasta la resolución sobre el fondo del asunto.

El planteo implica elevar el pedido a la Corte Suprema de la Nación, para que se revoque el fallo de la Cámara y se ordene dictar una nueva sentencia con costas, toda vez que de quedar firme este fallo se afectarían gravemente las acciones e intereses del Estado Nacional.

El escrito recoge en parte los planteos de la UNM, tanto en la causa de fondo como en las 2 medidas cautelares solicitadas con suficiente antelación para que se suspenda la obra del Consejo Escolar, licitada en 3 oportunidades y adjudicada 2 veces; y que a hoy ya se encuentra terminada, inaugurada y ya mudados los funcionarios provinciales para los que fue construida por la Municipalidad de Moreno.

El planteo de la SENNAF remarca que todo lo actuado por la Municipalidad y el fallo en cuestión afectan del derecho del Estado Nacional para decidir el uso del inmueble, siendo que su destino es la protección y bienestar de la minoridad por hallarse afectado al Fondo Nacional del Menor, con fundamento en diferentes leyes nacionales; dejando constancia del daño que provocan estos hechos y la sentencia recurrida.

La SENNAF da cuenta de que se ha presentado en esta causa como titular del inmueble, pero sin embargo la Cámara insistió en el argumento de la verosimilitud del derecho de la Municipalidad (que se atribuye la titularidad por la inscripción ilegal del inmueble a nombre de la misma por parte de las oficinas provinciales), como suficiente razón para rechazar la medida solicitada por la UNIVERSIDAD y la SENNAF, aduciendo que implicaría anticipar el resultado de la decisión final.

La SENNAF señala con precisión que la cuestión ameritaba mayor debate y prueba, dada su presentación en la causa, concluyendo en la queja no haberse valorado debidamente esta nueva circunstancia.

En sus escritos, tanto en esta causa como en la de fondo, la SENNAF reitera que nunca tuvo la voluntad de transferirlo a la Municipalidad, por lo que también reclama, al igual que la Universidad, la ilegitimidad de todo lo actuado por la Municipalidad y la provincia de Buenos Aires por ser actos manifiestamente nulos.

Destaca que también es imperioso el otorgamiento de la medida cautelar solicitada, ya que la demora ha permitido el avance acelerado de la Municipalidad para imponer su obra y por tanto, desequilibrar los intereses entre todas las partes involucradas a favor de una de ellas, la Municipalidad; poniendo de manifiesto diferentes fallos al respecto y disposiciones legales que así lo entienden.

En síntesis, resalta el accionar abusivo de la Municipalidad y del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires, al omitir los usos concertados en los convenios suscritos con la SENNAF y que así reconoce (y que incluyen el destino dado al predio para el funcionamiento de la Escuela y el Instituto Tecnológico de la UNM como señala expresamente). No obstante, sobre este particular, destaca que tales acuerdos expresan una manifiesta intención pero no la decisión de transferir la titularidad del bien, tal como ha sostenido la Universidad y como se hallaba reflejado en la documentación anulada ilegalmente, como así también en la tenencia pacifica ejercida desde 2010 hasta el año 2023 cuando fue usurpado por la fuerza por la Municipalidad.

Concluye en que admitir la tesitura de la Municipalidad en todo lo actuado y en esta causa convalida la apropiación irregular de todo el inmueble y no solo la parte en disputa con la Universidad, lo que vulnera el artículo 75, inciso c) de la Constitución Nacional.

La presentación contiene referencias a fallos de la Corte Suprema sobre decisiones por otros los procesos cautelares, la necesaria prudencia y el cuidado que debe prestarse para decidir la prohibición de no innovar que, en este caso al no otorgarse, ha modificado decididamente el statu quo a favor de la Municipalidad; concluyendo en considerar arbitraria e inconstitucional la sentencia.

Así las cosas, resulta evidente que la posición de la Universidad también es sostenida por el Estado Nacional, y sobre las mismas bases jurídicas y no por la mera voluntad de oposición de la Universidad o de sus autoridades, como sostiene la Municipalidad para imponer el supuesto derecho que se ha arrogado a partir de los actos ilegales denunciados y que solo constituyen un abuso de autoridad y dispendio de fondos públicos.

Consideramos que este recurso extraordinario, que adelantamos hemos de acompañar, conlleva además la necesidad de dar una pronta solución a la cuestión de fondo que, como consecuencia de la audiencia de conciliación mantenida el pasado 24 de septiembre, se encuentra suspendida en sus plazos a la espera de una solución por la vía del diálogo pero que a la fecha no ha tenido efecto. Sobre este particular cabe advertir que la Universidad ha formalizado por escrito su voluntad de intentar el diálogo sin respuesta favorable de la otra parte.

A todos los interesados que deseen conocer el escrito mencionado, pueden hacerlo accediendo al apartado del sitio web de la Escuela donde se alojan por orden cronológico todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno

La Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales informa que se encuentra abierta la inscripción para participar de la Movilidad Académica Internacional Estudiantil en el primer cuatrimestre 2026 modalidad virtual, bajo el Programa de Intercambio Latinoamericano PILA (Adhesión por Resolución UNM-CS Nº 402/17).

Los requisitos generales y procedimientos para la gestión y aprobación de la movilidad se encuentran bajo el marco del Reglamento de Movilidad Académica Estudiantil de la UNM, aprobado por Resolución UNM-CS N° 165/15.
 
OBJETIVO:
Facilitar a estudiantes de las universidades miembros la realización de movilidades de grado con reconocimiento de los estudios, como modo de contrastar la experiencia propia y de adquirir una visión más rica y universalista de la realidad, como así también lograr una mayor integración entre los países.

DESTINATARIOS/AS:
Estudiantes de todas las carreras

DURACIÓN:
Un cuatrimestre

OFERTA ACADÉMICA:
La oferta de asignaturas disponibles en cada país podrá consultarse en el siguiente enlace: www.programapila.lat
 
PREINSCRIPCIÓN:
Hasta el 20 de octubre completando el siguiente formulario online:
https://forms.gle/tWimhStKv5kRdCrL6
La Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales orienta a los estudiantes durante todo el proceso y se encarga de enviar las postulaciones a las universidades de destino.

CRONOGRAMA:
Fecha límite de preinscripción:

20 de octubre de 2025
Fecha límite para la presentación de documentación:
27 de octubre de 2025

 

Más información

Bases del programa

Requisitos de participación y documentación a presentar


Guía para el estudiante


Los/as interesados/as también deberán mantener una entrevista virtual con la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales.
 
INFORMACIÓN Y CONTACTO:
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Oficina F201 - Edificio Histórico, Ala Este, 2º piso
Interno: 3231
movilidadacademicainter@unm.edu.ar

3 de octubre de 2025

 

Cumplimos en informar las siguientes novedades desde la última comunicación institucional y encuentro del Foro permanente para la defensa pública de los derechos de la ESPUNM del pasado 18 de septiembre, para su debido conocimiento.

  1. El 24 de septiembre se realizó la audiencia de conciliación previa por la causa iniciada el 17 de mayo de 2023. Dado que no se conciliaron posiciones entre las partes, el Juez propuso, tal como lo hiciera en su fallo por la medida cautelar solicitada 28 de septiembre de 2022 por la 1º licitación y adjudicación de la construcción del Consejo Escolar dentro del predio, convocar a las autoridades políticas a que puedan hallar una solución a la controversia por la vía del diálogo; sobre la base del objetivo primordial de garantizar el derecho a la educación; por lo que con el acuerdo de los presentes, y dispuso la suspensión de los plazos procesales por el termino de 60 días a fin de poder arribar a un acuerdo al conflicto, plazo que podrá reanudarse a requerimiento de cualquiera de las partes.
  2. A tal fin, el rector curso nota a la Intendenta Municipal Mariel Fernández, manifestándole su disposición para intentar el diálogo propiciado, en la oportunidad y términos que considere oportuno. También ofreció, la presentación de terceros intermediarios para llevar adelante las conversaciones previas que mejor convengan en representación de la UNM, con los propios de su parte, de modo de poder intercambiar opiniones y detalles de cualquier solución razonable que resulte satisfactoria para un encuentro resolutivo entre ambos.
  3. Quienes tengan interés en conocer detalles de la propuesta planteada por la MUNICIPALIDAD en la audiencia y la comunicación institucional de la UNIVERSIDAD sobre la misma, pueden visitar el apartado del sitio web de la Escuela  
  4. En tal sentido, dado la reiteración de la propuesta de lotes para la reubicación de la Escuela Secundaria Nº 37 en un edificio propio, comunicamos que insistiremos por nota ante el Sr. Director General de Cultura y Educación de la provincia, en el marco de los intercambios por escrito en torno al convenio de cooperación vigente.
  5. Por otra parte, informamos que a la fecha no hemos tenido respuesta favorable para concertar la reunión propuesta por la provincia, como consecuencia de la solicitud de la UNM de dejar sin efecto la prórroga del convenio en cuestión.
  6. Como propuesta del Foro surge la iniciativa de fortalecer la comunicación institucional  mediante la difusión de las actividades y logros de la ESPUNM a toda la comunidad universitaria y la comunidad de Moreno en general, dado que la escuela ha venido creciendo en los últimos años y participa de diversos proyectos, recibiendo reconocimientos en diversas instancias e instituciones.

25 de septiembre de 2025

 

Informamos que, en el día de ayer, se realizó la audiencia de conciliación convocada por el Juzgado interviniente en la causa “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023 para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM iniciada el 17 de mayo de 2023.

En la audiencia estuvieron presentes los apoderados de la Municipalidad de Moreno, de la SENNAF, de la Fiscalía del Estado de la provincia de BUENOS AIRES en representación de ARBA y del Registro de la Propiedad Inmueble, de la AABE, y de la UNM con el rector de la misma.

Luego del intercambio opiniones sin posibilidad de solución al conflicto, el Juez propuso, tal como lo hiciera en su fallo por la medida cautelar solicitada 28 de septiembre de 2022 por la 1º licitación y adjudicación de la construcción del Consejo Escolar dentro del predio, convocar a las autoridades políticas a que puedan hallar una solución a la controversia por la vía del diálogo; sobre la base del objetivo primordial de garantizar el derecho a la educación; por lo que con el acuerdo de los presentes, dispuso la suspensión de los plazos procesales por el termino de 60 días a fin de poder arribar a un acuerdo al conflicto, plazo que podrá reanudarse a requerimiento de cualquiera de las partes.

Una vez más, la UNM ratificó su voluntad conciliatoria, como lo ha intentado desde el inicio del conflicto en todos los hechos, escritos y acciones que se encuentran a la vista en el espacio informativo construido en el sitio web de la Escuela. Al respecto, señaló que esta voluntad quedó plasmada en el acuerdo suscrito en 2020 para hallar solución a la toma del edificio de la ESPUNM y del mismo modo, propuso concertar un acuerdo del mismo tenor, en relación al uso del edificio del Consejo Escolar hasta que pueda materializarse su traslado a otro y la posibilidad de conciliar la compensación por el reaprovechamiento de la obra para el uso educativo previsto.

Por su parte, la Municipalidad de Moreno precisó el alcance de sus propuestas formuladas por escrito y anticipadas en nuestra anterior comunicación, detallando su alcance solo por la parte sectorizada del predio, hoy en uso de la Escuela Nº 37 de 1500m2, y reiteró la oferta de 2 predios que en 2023 fueron comunicados oficialmente a la provincia de Buenos Aires para la relocalización de ésta, uno de 358m2 y otro de 1766m2, de los que la UNM no tiene objeciones que hacer y alienta sea canalizada nuevamente la propuesta a las autoridades provinciales a sus efectos, lo que contribuiría a resolver en parte el conflicto planteado.

Asimismo, propuso otros 2 predios a delimitar sobre plazas públicas, pero que no guardan correspondencia con el predio objeto de la causa de 7623m2, en las localidades de Cuartel V y Francisco Álvarez, que la Universidad considera satisfactorios para intentar una cooperación para erigir nuevas escuelas dependientes de la UNIVERSIDAD, no siendo viable el traslado de las comunidades educativas de la Escuela N° 37 o de la ESPUNM a una distancia de no menos de 20 km. de donde hoy se encuentran por diferentes razones que fueron debidamente explicitadas en el diálogo mantenido.

Por último, la Municipalidad incluyó como propuesta el predio que ya se hallaba cedido en comodato a la UNM, pero para la construcción del Centro I+D+i dentro del Parque Industrial Moreno I, el cual tampoco resulta viable por las razones antedichas, dejando constancia de nuestro interés en retomar las tratativas para concretar el objetivo original del comodato que vencerá el próximo 4 de diciembre y que no se materializó hasta la fecha, dado el silencio de las autoridades a todas las propuestas elevadas.

Si bien, no se conciliaron posiciones, entendemos que fue auspicioso el dialogo mantenido y la decisión del juez, destinada a lograr una solución política inmediata que privilegie el interés superior de asegurar el derecho a la educación en Moreno; dado el mayor tiempo que demandará la resolución judicial y la eventual apelación de la parte que resulte vencida.

Quienes deseen acceder al acta de la audiencia y al escrito de la propuesta de la Municipalidad de Moreno, junto al resto de los escritos, presentaciones y documentos relacionados con la cuestión, pueden hacerlo accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico.

Por lo expuesto, ratificamos públicamente una vez más nuestra voluntad de intentar el dialogo entre todas las partes involucradas que permita hallar una solución que garantice el proyecto ITUNM-ESPUNM y el derecho a la educación en Moreno, que se ha frustrado a partir de este lamentable conflicto.

 

Universidad Nacional de Moreno

 

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica informa que se encuentra abierta la Convocatoria a Proyectos Bonaerenses de Federalización de la Ciencia y la Tecnología 2025–2026 (tramo preparatorio), financiada por la Comisión de Investigaciones Científicas de la provincia de Buenos Aires (CIC PBA) y destinada a redes de universidades públicas conformadas por entre tres y cinco nodos. Cada red deberá incluir al menos una institución con sede en la provincia de Buenos Aires y otra radicada en otra jurisdicción.
 
El objetivo de esta iniciativa es fortalecer la cooperación federal mediante la conformación de redes de investigación, desarrollo y transferencia que aporten soluciones a problemáticas estratégicas de interés provincial y nacional.

La convocatoria financiará hasta $3.000.000 por idea-proyecto, con un presupuesto total de $33.000.000. Los fondos podrán destinarse a reuniones científicas, talleres y actividades de intercambio entre nodos, en vistas al desarrollo de proyectos sustantivos que se implementarán a partir de 2026.

Las propuestas deberán enmarcarse en alguna de las siguientes áreas temáticas prioritarias:

  • Energía y transición energética
  • Acceso y manejo de recursos hídricos
  • Estudios del mar
  • Salud: cannabis y dengue–arbovirus
  • Cambio climático y ambiente
  • Federalismo
  • Empleo y juventud 


Información y bases de la convocatoria 


SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar

9 de septiembre de 2025

 

Informamos que en el día de ayer, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, resolvió rechazar la apelación interpuesta contra la decisión del Juez Federal del 5 de marzo de 2025 que a su vez rechazó  la medida cautelar solicitada el 27 de noviembre de 2024, para que se suspenda la obra del Consejo Escolar en nuestro predio o, en su defecto, para que no sea ocupado hasta la resolución sobre el fondo del asunto, medida que también fuera solicitada por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF).

La decisión al cabo de casi 10 meses de iniciada la demanda, reiteró el razonamiento por el que se denegó idéntica medida solicitada en ocasión de la primera licitación de esta obra en septiembre de 2022, cuando el inmueble estaba inscripto a nombre de la Universidad y ocupado por la misma, y la obra no se había iniciado aún.

En esta oportunidad, la medida también se solicitó con suficiente antelación a la finalización de esta obra, licitada en 3 oportunidades y adjudicada 2 veces; y a hoy ya mudados los funcionarios provinciales que prestan servicios allí desde el día 2 de junio.

Como en las sentencias anteriores, la justicia ha sostenido que los actos administrativos que dieron origen a dicha inscripción (denunciados por ilegales por la Universidad), se presumen lícitos hasta tanto la causa de fondo resuelva en contrario y que, de otorgar la medida solicitada, se estaría adelantado el resultado de la decisión final que deberá producirse en dicha causa. Esto ha permitido consumar el abuso de autoridad que venimos denunciando desde la clausura indebida de la obra del edificio ITUNM-ESPUNM en febrero de 2022 y la usurpación del predio de la Universidad en marzo de 2023; teniendo en cuenta la mayor demora que registra la causa de fondo que ya lleva más de 28 meses de iniciada y recién se producirá la audiencia de conciliación previo a la apertura de la causa, el próximo día 24 de septiembre.

Al respecto, cabe señalar que en respuesta a la apelación de la Universidad y de la SENNAF al fallo en primera instancia, la Municipalidad presentó idéntico escrito al que presentara en la causa de fondo, en respuesta a la solicitud de la UNM de apertura de la causa a prueba y que comentáramos en nuestro comunicado anterior, destacando las falsedades y agravios que contiene.

No obstante lo expuesto, es de señalar que la Cámara reconoce la necesidad de mayor debate y prueba en “el análisis de la normativa y los procedimientos aplicables en materia de transferencias de dominio de los bienes del Estado Nacional, la procedencia de las reservas de equipamiento comunitario de la jurisdicción local y el examen de los convenios celebrados”, que es el objeto de la causa de fondo y que aún no ha sido abordado. Inclusive remarca lo previsto en el inciso 5 del artículo 75 de la Constitución Nacional que establece que la enajenación de tierras de propiedad del Estado Nacional requiere de la sanción de una Ley del Congreso Nacional, lo que advierte expresamente  no se verifica en este caso; manifestaciones que entendemos no podrán ser soslayadas al resolverse la causa de fondo.

Lamentablemente con su decisión, la Cámara ha vuelto a omitir la realidad de los hechos que venimos denunciando y que han variado completamente la realidad de la decisión inicial del 22 de  junio de 2023 sobre la que se apoya, cuando todavía no se había iniciado obra alguna, además de que se ha presentado el Estado Nacional en esta causa denunciando que jamás tuvo voluntad de transferirlo a la Municipalidad.

De esta forma continúa agudizándose el daño y dispendio económico-social que este proceder viene causando, además de generar un hecho consumado que ha de afectar la restitución del predio y la construcción de la escuela, en caso de resolución favorable. Ante estas circunstancias, afirmamos una vez más, el compromiso de continuar con todas las presentaciones y actuaciones necesarias para la recuperación del predio y del edificio existente, a pesar de todos los obstáculos que venimos enfrentando para poder sostener este proyecto.

A todos los interesados que deseen conocer los escritos mencionados, pueden hacerlo, accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno

 

 

 

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica informa que la Comisión de Investigaciones Científicas de la provincia de Buenos Aires abrió la convocatoria a Ideas
Proyecto 2026.
 
El objetivo de esta convocatoria es promover proyectos de investigación aplicada, vinculación y transferencia tecnológica orientados a apoyar a organismos públicos del Estado Provincial que requieran de conocimiento científico o desarrollo tecnológico tanto para el cumplimiento de sus funciones como para la resolución de algún problema o proyecto específico. También se busca que las propuestas seleccionadas tengan impacto en el desarrollo provincial y local.
 
Podrán presentarse investigadores e investigadoras pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación con asiento en la provincia de Buenos Aires quienes serán responsables del proyecto, pudiendo incorporar como miembros del grupo de trabajo a investigadores/as de otras instituciones y/o docentes universitarios.
 

Presentación de propuestas:
Hasta el 30 de septiembre

Bases y condiciones

Más información



INFORMACIÓN Y CONTACTO:
SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA

Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar

5 de septiembre de 2025

 

Informamos que, en el día de ayer, el Juez tuvo por incorporados los escritos de la SENNAF, de la AABE, del la Fiscalía de la provincia de BUENOS AIRES, de la MUNICIPALIDAD DE MORENO y de la UNM, en respuesta a la solicitud de apertura de la causa a prueba formulado por la Universidad el 22 de abril de 2025. Además fijó la audiencia de conciliación previa para el día 24 de septiembre de 2025.

Tanto la SENNAF, como la AABE y la Fiscalía de la provincia de BUENOS AIRES contestaron que, en virtud de las leyes vigentes, no poseen facultades de conciliación.

Por su parte, la UNM manifestó que posee voluntad conciliatoria, estando dispuesta a entablar un diálogo constructivo, hallándose abierta a la discusión de propuestas que permitan superar el conflicto de intereses de las instituciones involucradas y que redunden en la correcta preservación del derecho a la educación, como lo ha intentando desde el inicio del conflicto en todos los hechos, escritos y acciones que se encuentran a la vista en el espacio informativo construido en el sitio web de la Escuela y en las causas iniciadas, ante el silencio y proceder de la MUNICIPALIDAD.

En su contestación, la MUNICIPALIDAD DE MORENO por primera vez afirma su voluntad de arribar a un acuerdo pero, como en todos sus escritos y proceder, plantea falsedades que implican lo contrario, con el afán de deslegitimar la posición de la UNIVERSIDAD y entorpecer la conciliación que solicitamos.

Al solo efecto de dar cuenta de lo expuesto, no siendo necesario abundar en explicaciones y demostraciones que, con la documentación y escritos que se encuentra a la vista en el espacio antes mencionado, hoy de público conocimiento y largamente rebatidos, es oportuno destacar los siguientes párrafos y argumentaciones:

  1. En su escrito, la MUNICIPALIDAD manifiesta que “revalida su total voluntad de arribar a una solución al litigio” y que fue la misma “la única que ha ofrecido en autos distintas soluciones, siempre en resguardo de la titularidad del dominio que le corresponde”.
  2. Insiste en que “La ESPUNM se encuentra en funcionamiento, el cual nunca se ha interrumpido” y que la UNM “posee dentro de la esfera su propiedad otras porciones y/o lonjas de lotes sobre los que podría desarrollar y/o ampliar su proyecto”.
  3. Absurdamente sostiene que “Nunca fue intención de la UNM instalar su Escuela Politécnica en el lugar donde hoy se encuentra el nuevo edificio del Polo Educativo
  4. Afirma que ratifica supuestos ofrecimientos anteriores de lotes municipales que resultarían aptos para el funcionamiento de una institución escolar y los menciona, incluyendo entre ellos, el lugar y edificio donde hoy funciona la Escuela Nº 37 y que considera indistinto para que en el mismo funcione una escuela o la otra.
  5. Con especial énfasis, el escrito personaliza en la persona del rector de la UNM, que todos los planteos de la UNIVERSIDAD son “con fines de generar conflictividad política, sin sustento en la vulneración de ningún derecho”.

 

Visto estas expresiones y todos los esfuerzos realizados hasta la fecha, aspiramos a que todo lo que expuesto pueda ser contrastado por primera vez entre ambas partes en la mencionada audiencia y de no poder conciliar posiciones, que se resuelva en el proceso judicial al que debimos recurrir ante el silencio y los agravios que venimos soportando a la mayor brevedad posible, dado los daños ya causados y de difícil remediación.

En breve manifestación a la comunidad educativa cabe señalar lo siguiente:

  1. La MUNICIPALIDAD jamás expresó voluntad alguna de conciliación, lo ya quedó demostrado en la causa que se inició en septiembre de 2022, cuando manifestó “atento a que el inmueble no es propiedad de la actora (por la UNIVERSIDAD) NADA RESTA POR “CONCILIAR” (así destacado en mayúsculas).
  2. Tampoco ofreció solución alguna, ya que jamás respondió a las solicitudes formales de la UNIVERSIDAD, con excepción de los recursos administrativos presentados pero que fueron rechazados, y la única audiencia producida en estos casi 5 años de gestión municipal y generación de este conflicto, fue la del día 21 de septiembre de 2022 y a instancias de la comunidad de padres que se manifestó públicamente, donde se informaron los hechos consumados que dieron lugar a la presentación de la solicitud de la medida cautelar ese mismo mes, por la licitación, adjudicación y pago de una obra en el predio. En este sentido, cabe destacar la respuesta formal de la provincia de BUENOS AIRES que hemos hecho pública en días pasados donde manifiesta que todavía continúan las tratativas para localizar un predio para la construcción de la Escuela Nº 37, tal como fue concertado con la UNM el 17 de diciembre de 2020 con un plazo de 2 años para mudarla, acuerdo que la MUNICIPALIDAD DE MORENO intentó obturar al negarse a suscribir el compromiso de ofrecer un predio municipal a tal fin, lo que demuestra la falsedad de su afirmación en esta presentación en la causa.
  3. Es importante recordar que la MUNICIPALIDAD de MORENO procedió a la clausura de la obra del edificio ITUNM-ESPUNM no iniciada pero anunciada, en febrero de 2022, para construir el CONSEJO ESCOLAR de MORENO y cuya obra inició en 2024, la que insiste en llamar provocativamente “Polo Educativo”; de lo cual, Sr. Director General de Cultura y Educación de la provincia de BUENOS AIRES, en su nota del 18 de agosto último y que hemos compartido, afirma que desconocía el traslado de las autoridades bajo su dependencia a ese edificio “siendo la misma una decisión inconsulta con esta superioridad” y que no “existe ninguna expresión de voluntad por nuestra parte para la construcción de ningún edificio en el inmueble que es objeto de disputa legal”. Esto demuestra lo que hemos advertido infinidad de veces, que ha sido voluntad de la MUNICIPALIDAD la de oponer a la UNIVERSIDAD causando este conflicto indefinible en su naturaleza y razón, a costa de sacrificar el derecho a la educación y desviar recursos del Fondo Educativo de Moreno.
  4. La creación y localización de la ESPUNM y el ITUNM, datan de tratativas y hechos iniciados en 2013 y 2019 y formalizados de 2018 y 2020 respectivamente, es decir, con anterioridad al inicio de la actual gestión municipal y del conflicto suscitado a partir de la clausura de la obra en 2022, la usurpación del predio en 2023 y construcción ilegal de un edificio en 2024; por tanto, la afirmación de que son planteos para generar conflictividad política, es absolutamente falsa, además de inverosímil, toda vez que el desarrollo de servicios educativos, que es la función de la UNIVERSIDAD, no puede ser causante de conflictividades de cualquier naturaleza.
  5. Cínicamente sostiene que la ESPUNM funciona de manera ininterrumpida, negando que para ello debimos adoptar sucesivas medidas de contingencia para poder asegurar su continuidad en condiciones cada vez más precarias y disminuidas; ya que debió iniciar actividades provisoriamente dentro de un espacio de adultos destinado al uso universitario planificado para un plazo máximo de 2 años, quedando a hoy impedida de desarrollarse en su plenitud y sostener su proyecto pedagógico, al igual que el ITUNM que no cuenta con edificio propio por la misma causa.

 

En síntesis, es oportuno recordar que este conflicto inició con la ocupación del edificio de la ESPUNM por la comunidad de la Escuela Nº 37 en marzo de 2020 a instancias de la MUNICIPALIDAD DE MORENO, la que desde el inicio no atendió ninguna solicitud de la UNIVERSIDAD y se negó a suscribir el acuerdo de cooperación con la Nación y la Provincia de diciembre de 2020 para dar solución a ambas comunidades educativas. Ya en febrero de 2022, la MUNICIPALIDAD dio un nuevo paso al clausurar sin fundamento la nueva obra que iba a facilitar la prolongación de la cooperación con la Provincia, dado la falta de avance que aún perdura, al no haberse construido el edificio propio de esta Escuela. Luego en septiembre de 2022, quedó definitivamente en evidencia la voluntad de oponerse a la UNIVERSIDAD, cuando se tomó conocimiento de la adjudicación de la obra del CONSEJO ESCOLAR en el predio que se hallaba en posesión de la UNM desde 2010 y subdividido e inscriptas las cesiones de de uso concedidas por la SENNAF a todas las entidades educativas que conformamos el verdadero “Polo Educativo”. Ello dio lugar a la solicitud de una medida cautelar que no fue concedida con el argumento de “no adelantar opinión” e instar a las partes a la conciliación, a lo que la MUNICIPALIDAD se negó expresamente como hemos señalado mas arriba. Luego se consumó el despojo del inmueble, al usurparlo en marzo de 2023 por la fuerza y en horas de la madrugada, una vez obtenida la anulación ilegal de la subdivisión e inscripciones señaladas, hecho por el que hoy se “asume como propietaria” del inmueble que es objeto de esta causa que ya lleva más de 2 años y miles de fojas y que recién iniciará el período de prueba con esta audiencia. Esto permitió a la MUNICIPALIDAD llevar adelante una nueva licitación en marzo de 2024 para construir ilegalmente e inaugurar un edificio para funcionarios provinciales que lo ocupan desde junio pasado, con la única voluntad de impedir la restitución del bien, lo que como se ha demostrado, no contó nunca con el aval de la provincia. Lamentablemente, el “no adelantar opinión” se ha transformado en un “atrasar opinión”, que sí ha favorecido y afirmado a una de las parte, es decir, a la MUNICIPALIDAD DE MORENO, que sigue sosteniendo el abuso de autoridad y la violencia institucional ejercida contra la UNIVERSIDAD y la ESPUNM con hechos y falsedades como los enumeradas.

Por lo expuesto, ratificamos públicamente nuestra voluntad de participar en una audiencia de conciliación en ese ámbito e intentar el diálogo impedido en todos estos años, por la decisión de la otra parte, a fin de poder arribar a una solución que garantice el proyecto ITUNM-ESPUNM y el derecho a la educación, que se ha frustrado a partir de este conflicto.

A todos los interesados que deseen conocer los escritos mencionados, pueden hacerlo accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno

 

 

 

 

La Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica informa que la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC) de la provincia de Buenos Aires ha abierto el Concurso de ingreso a Carrera del Personal de Apoyo a la Investigación y el Desarrollo (CICPA26).

El objetivo de esta convocatoria es fortalecer los equipos de I+D+i bonaerenses, asignando cincuenta y dos (52) vacantes en toda la provincia. Se seleccionarán postulaciones cuyos planes de trabajo aborden problemáticas enmarcadas en alguno de los desafíos para el desarrollo de la provincia de Buenos Aires.

Se priorizarán las postulaciones cuyos planes de trabajo se encuentren comprendidos dentro de los siguientes sectores:

  • Salud
  • Industria y producción
  • Ambiente
  • Desarrollo de la comunidad
  • Trabajo
  • Seguridad.

Podrán postularse personas que posean título secundario o de grado de acuerdo a los requerimientos de las categorías técnico y profesional, para desempeñar tareas bajo la dirección de un investigador de categoría no inferior a adjunto sin director o equivalente.

INSCRIPCIÓN:
Hasta el 30 de septiembre

Bases – CICPA26

Más información



INFORMACIÓN Y CONTACTO:

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
Oficina B102 - Edificio Histórico, Ala Oeste, 1er Piso
Interno: 3123
sec.investigacion@unm.edu.ar