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21 de Mayo de 2025

Estimadas Familias

Una vez más, nos comunicamos para informar novedades con respecto a la situación del predio de la UNIVERSIDAD correspondiente a la ESPUNM.

El 13 de mayo último, la Universidad fue notificada de un oficio cursado para que aporte información en la causa: MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ DIPRONOR SACIFI Y OTRO/A S/ PRETENSIÓN RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO", Expte. 45523 que tramita en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 del DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MERCEDES, en la que la adjudicataria de la 1° licitación para la construcción del llamado Polo Educativo Moreno dentro de nuestro predio, demandó a la Municipalidad en resguardo de sus derechos.

Esta causa tiene origen en el llamado a licitación pública N° 33/22 para la “Construcción del Polo Educativo Moreno” con cargo al “Fondo de Financiamiento Educativo” de la Ley N° 26.075 en la que la firma resultó adjudicataria en julio de 2022 por un total de $ 290 millones, y por el que se le otorgó un anticipo financiero del 30% ($87 millones) en septiembre de 2022.

La Municipalidad rescindió la obra “por causa de fuerza mayor”, disponiendo la recuperación inmediata del anticipo financiero otorgado y que se denuncie penalmente a DIPRONOR que se negaba a su devolución, ya que se vio obligada a mantener personal, maquinarias y recursos necesarios para poder dar comienzo a la obra que no pudo empezar por razones ajenas (el predio estaba ocupado por la Universidad y la Municipalidad licitó una obra dentro de un bien que no poseía). En dicha causa, la firma solicitó se dicte una medida cautelar de “no innovar” contra el Decreto de la Intendenta Municipal a fin de que se reconozcan los gastos incurridos y se deslinde su responsabilidad en el impedimento para realizar la obra adjudicada.

La información solicitada a la Universidad y respondida en el día de la fecha, se sintetiza en lo siguiente:

  1. Desde cuándo tiene derechos sobre el inmueble vinculado a la Licitación Púbica N°33/2022 en la que resultó adjudicataria DIPRONOR.

Como es de público conocimiento desde el 14 de octubre de 2010 la UNM tiene derechos sobre el inmueble en cuestión, ejerciendo su ocupación, goce, custodia mantenimiento y protección, con sustento en el Convenio suscrito en esa fecha entre la SENNAF, la Universidad y la propia Municipalidad. El convenio fue suscrito en el acto público de inauguración de la Universidad ante la presencia de la Presidenta de la Nación, la Ministra de Desarrollo Social, el Ministro de Educación y el Gobernador de la Provincia, además de Diputados Nacionales y otras autoridades nacionales, provinciales y municipales.

El convenio contenía un croquis que subdividía en 2 partes los predios, una asignada a la Universidad y otra a la Municipalidad. La que correspondió a la Universidad, contemplaba una reserva para relocalizar las entidades que funcionaban dentro del edificio que recibía la Universidad. Al cabo de 10 años de vigencia del Convenio, una vez relocalizadas las entidades consideradas, como así también, el Jardín Maternal Kesachay, el Centro de Formación Laboral de la Municipalidad y la Escuela de la Universidad, se suscribió un Protocolo Adicional, por el cual la SENNAF reconocía que se habían satisfecho los compromisos asumidos, y se le encomendaba realizar la subdivisión definitiva de la reserva, para la delimitación de cada una de las parcelas y cesiones de uso a cada una de las entidades educativas mencionadas, lo que concluyó en diciembre de 2021, inclusive con la intervención de la propia Municipalidad.

Demás está decir, que al momento de iniciar sus actividades la UNM, el 14 de junio de 2010, para poder materializar su funcionamiento, la Municipalidad de Moreno y la Universidad suscribieron un Convenio de Colaboración por el cual la primera le cedía a la Universidad el uso y goce de las instalaciones del Ex Instituto Riglos para su puesta en funcionamiento y para que fije su domicilio legal, ya que la Municipalidad lo tenía asignado al uso por convenio anterior, con el único objeto de poner en marcha el Centro Universitario Moreno que sentó las bases de creación de la Universidad el año anterior por ley del Congreso de la Nación, y que por tanto, será la continuadora del Centro; además de que tal como previa el proyecto original de creación de la Universidad formulado y presentado por primera vez en 1997, que allí tuviera su asiento la UNM.

No obstante lo anterior, de manera sorpresiva en marzo de 2022, la Municipalidad primero impulsó la clausura de la obra de la Universidad (Edificio ITUNM-ESPUNM todavía inexistente) y luego impulsó y obtuvo la anulación del plano definitivo que reconocía los usos asignados a cada entidad educativa, incluida la UNM, sin que la Universidad tuviera conocimiento ni intervención en febrero del 2023, por lo que el 4 de marzo de 2023, con esos antecedentes lo usurpó por la fuerza, expulsando a la Universidad que, desde el inicio de su existencia lo tuvo en posesión, debidamente cercado, mantenido y custodiado por personal de la universidad hasta entonces.

  1. Si la Municipalidad de Moreno conocía los derechos que sobre dicho inmueble tiene la Universidad y desde qué fecha los conoce.

La Municipalidad no podía desconocer esos derechos, ya que fue signataria de los Convenios mencionados y autoridad interviniente en la aprobación del plano del 2012 que constituyó la reserva y del plano del 2021 que implicó la subdivisión definitiva y asignación de usos que luego intentó desconocer a partir del 2022 mediante falsedades que fueron denunciadas en la causa iniciada por la Universidad.

  1. Los motivos por los que se denunció penalmente a la Municipalidad de Moreno por usurpación.

Dado que el 4 de marzo de 2023, la Municipalidad usurpó por la fuerza el predio de la Universidad, en horas de la madrugada, rompiendo candados, anulando todas las cámaras de vigilancia desde el interior y exterior, retirando parte de sus bienes y vallado perimetral de seguridad, y expulsado al personal de seguridad de la UNM, la Universidad Inicio la causa “MUNICIPALIDAD DE MORENO s/USURPACIÓN (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO”.

Tanto la obra, como la usurpación y el incumplimiento de la medida de no innovar por la usurpación denunciados por la Universidad oportunamente, fueron objeto de fallos favorables y desfavorables, apelados por ambas partes según su propio interés, por lo que la justicia concluyó que, ante el fracaso de acuerdo alguno entre las partes, correspondía interponer una acción principal que de resolución definitiva a la controversia. En consecuencia, la Universidad con fecha 15 de mayo de 2023, inició la causa de fondo “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023 ante el Juzgado Federal de Moreno, la que aún se encuentra en pleno proceso.

En síntesis, el requerimiento efectuado por esta causa, apunta a dilucidar la responsabilidad de alguna de las partes en las causales que impidieron materializar una obra municipal, licitada en junio del 2022 y adjudicada en julio de 2022, para la construcción de un llamado “Polo Educativo Moreno” que con ese nombre encubría la construcción de un edificio de oficinas para alojar dependencias provinciales y municipales de gestión de la educación, dentro del predio que el Estado Nacional había cedido al uso a la Universidad y que se hallaba en posesión de la misma desde 2010.

En tal sentido debe señalarse que era de pleno conocimiento de la Municipalidad, previo al llamado a licitación de la obra, la situación planteada con la Universidad que se hallaba en posesión del predio en el que la obra debía desarrollarse, con inscripción vigente de la cesión de uso a su nombre en el Registro de la Propiedad Inmueble y, por ende, la posibilidad de que la Universidad actúe en defensa de sus derechos, impidiendo la ejecución de la obra hasta tanto la cuestión litigiosa sea resuelta.

Como hemos dicho con anterioridad, todos estos hechos fueron impulsados en forma arbitraria y aceleradamente, contradiciendo inclusive todos los antecedentes anteriores de cooperación mutua para el logro de la consolidación de la Universidad y de las demás entidades educativas que se encuentran en la reserva en cuestión, con el único objeto de impedir la construcción del edificio de la Universidad y la recuperación del edificio en préstamo.

Para imponer esta voluntad, impulsó la anulación irregular del plano definitivo y del mismo modo esta obra, que recién podrá materializar una vez usurpado el predio por la fuerza. Para lograr su cometido, obtuvo la anulación irregular del plano de subdivisión definitiva y la anulación de la inscripción de la cesión de uso, negando la existencia de los acuerdos suscritos, las ocupaciones y transferencia, sosteniendo que se hallaba baldío y adulterando las cédulas catastrales de la parcela, haciendo figurar titular del dominio a la Municipalidad de Moreno.

Además de lo expuesto, y como ya ha sido informado, aún con anterioridad a la recisión del contrato vigente con DIPRONOR, cuya obra no pudo iniciarse porque el predio se hallaba en posesión de la Universidad, la Municipalidad la licitó por segunda vez sin éxito y luego de la recisión unilateral ahora en juicio y una vez usurpado, la licitó y adjudicó por 3ra vez en 2024, mientras continua dirimiéndose esta controversia, en la que resultó adjudicataria la Cooperativa de Trabajo (YUNQUE Ltda.), pero con un presupuesto inicial de $ 726 millones y que al cierre del ejercicio 2024, según información pública habría devengado una inversión de $ 1.084 millones, con un nivel de ejecución del 66% aproximadamente a ese momento, por lo que a la fecha, con la obra prácticamente concluida, la inversión realizada será aún mayor.

Como hemos denunciado desde el inicio de este conflicto, la forma en que se impulsó y se realiza esta obra, con sus repetidas licitaciones y adjudicaciones en tiempo record, a pesar de la situación de litigio por la titularidad del predio, responden al objetivo de impedir su restitución por decisión de la justicia, inclusive aun cuando en estas circunstancias y que se ventilan en esta causa, existan 2 contratistas adjudicatarios de una misma obra y que ambos hayan recibido fondos para su realización.

En síntesis, entre 2010 y la actualidad, transcurrieron 5 mandatos de gobierno municipal y solo a partir de marzo del 2022, por decisión de la actual Intendenta Municipal se ha pretendido desconocer la realidad de los hechos y todo lo actuado, al extremo de negar los ocurridos durante la actual gestión municipal de gobierno, hasta el momento de la clausura de la obra del Edificio ITUNM-ESPUNM.

Por último, es oportuno advertir que la firma DIPRONOR fue adjudicataria de 4 obras del Municipio: Construcción Polideportivo Diego Maradona (Licitación Nº 38/21), Construcción Parque Central Moreno (Licitación Nº 11/22), Readecuación y Puesta en Valor del Boulevard Caveri en Trujui (Licitación Nº 31/22) y la obra del Polo Educativo (Licitación Nº 33/22), todas en litigio en múltiples causas judiciales cruzadas que a nuestro juicio, dan cuenta de un modus operandi y de la mala fe del accionar de la Municipalidad de Moreno que se evidencia en la controversia con la Universidad.

Entendemos que lo que se discute en esta causa, reafirma lo que venimos sosteniendo en la causa de fondo por la nulidad de los actos administrativos impulsados por la Municipalidad contra la cesión de uso del predio otorgada por la SENNAF que ha impedido nuestra obra e intentado poner en crisis la recuperación del edificio existente dentro del mismo, por lo que es de interés a los fines de la causa de fondo, conocer su resolución.

A todos los interesados que deseen conocer los escritos mencionados, pueden hacerlo, accediendo al apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico, y en el que también hallarán todas las actuaciones, notas, medidas, acuerdos, y documental que acredita los derechos de la UNM.

 

Universidad Nacional de Moreno