26 de marzo de 2024
Estimadas Familias
Una vez más, cumplimos en informar la situación en torno a la causa judicial para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM que tramita como: “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023) y que se inició en el mes de mayo de 2023 ante el Juzgado Federal de Moreno, a instancias de los fallos de las causas anteriores iniciadas contra la licitación del polo educativo en nuestro predio, la usurpación del mismo y la desobediencia a la prohibición inicial de innovar.
En esta causa, la UNM planteó la nulidad de los actos de la Municipalidad que dieran lugar a que la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) y el Registro de la Propiedad Inmueble desconocieran la validez del Plano 74-215-2021 y, por lo tanto, anularan la inscripción de la Parcela 2A a nombre de la Universidad Nacional de Moreno como consecuencia de la mera solicitud de la Intendenta Municipal a los funcionarios actuantes de ambas entidades de la provincia y otras medidas conexas también denunciadas.
El 29 de septiembre de 2023, el Juez Federal interviniente resolvió correr traslado de la demanda a la Municipalidad a ARBA y al Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires para que comparezcan y contesten; a la vez que ordenó la anotación de litis del bien inmueble en disputa en el Registro de la Propiedad.
Al vencimiento del plazo otorgado, la Fiscalía de Estado de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Moreno contestaron la demanda.
Por otra parte, tal como informáramos con anterioridad, el 11 de marzo denunciamos la decisión de la Municipalidad de realizar, por tercera vez, un llamado a licitación para la construcción de lo que denomina “Polo Educativo Moreno” en el predio.
Por último, el día 22 de marzo la Universidad contestó a los traslados por ambas presentaciones y rechazó las excepciones que opuso la Municipalidad por improcedentes y, además, que se cite como tercero interesado a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación (SENAF), en su carácter de propietaria originaria del predio cedido, y de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), en tanto autoridad de aplicación del Registro Nacional de Bienes Inmuebles del Estado.
Por lo expuesto, informamos a la comunidad escolar la situación procesal de la causa y se hace saber a todos los interesados que deseen conocer en detalle estas actuaciones, pueden consultarlas en el apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico.
Lic. Claudio Fardelli Corropolese
Director Organizador Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad Nacional de Moreno